…gado de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.-Carache, once (11) de octubre de dos mil seis.-
196° y 147°
Por cuánto se observa que los ciudadanos JUAN MARIA HERNANDEZ y JUANA MARIA VILLEGAS LINARES venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. 5.787.147 y 8.720.451, respectivamente, ambos domiciliados en jurisdicción del Municipio Carache Estado Trujillo, de mutuo y amistoso acuerdo convinieron en fijar la Obligación Alimentaria mensual para su hijos FRANKLIN JOSE, JOHAN XAVIER y MILEIDY DANIELA HERNANDEZ VILLEGAS, comprometiéndose el ciudadano JUAN MARIA HERNANDEZ a depositar la cantidad de Trescientos Mil Bolívares (Bs. 300.000,oo) mensuales, e igual cantidad como bonificación de fin de año, así como los gastos relacionados con medicina, ropa, zapatos, útiles escolares. Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses de los niños y adolescentes, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al convenimiento señalado y se acuerda proceder como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese al ciudadano Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Trujillo informándole de la apertura de este procedimiento.-
La Juez Provisoria,
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
Se acuerda dejar copia certificada en el archivo de este Tribunal y siendo las dos y treinta se publicó la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez
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