REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE


En horas de despacho del día de hoy, treinta (30) de Octubre del año dos mil seis (23006) siendo las nueve de la mañana ; día y hora fijados para cumplir con la comisión emanada del juzgado segundo de los Municipios Valera , Motatan ,San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora YOLANDA JOSEFINA BRICEÑO, titular de la cedula de identidad N° 3.476.060, asistida en este acto por el abogado JORGE MENDEZ, titular de l a cedula de identidad N° 4. 325.152 e inscrito en el IPSA bajo el N° 58.033, en un inmueble ubicado en la avenida 13 con calle 6, de la ciudad de Valera Clínica Anticancerosa , Jurisdicción del Estado Trujillo. Seguidamente el Tribunal notifica de su misión a la ciudadana SONIA THAIS PEREZ RIVAS titular de la cedula de identidad N° 12.047.155, co-demandada de autos el Tribunal nombra como Perito Evaluador a la ciudadana MARIA G. RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.349.172, y como Depositario Judicial al Ciudadano FREDDY VASQUEZ titular de la cedula de identidad N° 4.059.851, quienes estando presentes aceptaron ,os cargos y prestaron el juramento de ley en este estado la Co- demandada SONIA THAIS PEREZ RIVAS antes identificada y asistida por el abogado de confianza CESAR PAUL ROMERO, titular de la cedula de identidad, 10.910.952 e inscrito en el IPSA bajo el N° 77.510, solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “ Ofrezco a la parte actora celebrar transacción, en la cual convengo en pagar a la demandante Dos Millones Seiscientos sesenta y Dos Mil Seiscientos cuarenta ( 2.662.640 oo) bolívares que cubre el capital, comisión, intereses y honorarios de abogados, cantidad que pagare en la forma siguiente : La cantidad de Un Millón ( 1.000.000.oo) de bolívares en este acto en dinero en efectivo y la diferencia la pagare en siete cuotas mensuales y consecutivas a partir del mes de Diciembre del año dos mil seis ( 2006 ) cuotas que pagare el día 15 de cada mes , las Primeras seis (6) cuotas por la cantidad de doscientos cincuenta mil ( 250..000oo) bolívares cada una y la ultima de las cuotas fijadas por la cantidad de ciento sesenta y dos mil seiscientos cuarenta ( 162,640oo) bolívares , es todo” En este estado la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “ Vista la transacción ofrecida por la co-demandada la acepto conforme, recibo la cantidad indicada en dinero en efectivo en este acto en el entendido que el incumplimiento de cualquier cuota , dará derecho a solicitar la ejecución de la obligación, es todo” Ambas partes solicitan el derecho de palabra y concedido que les fue expusieron “ Solicitamos al Tribunal de la causa homologue el presente acuerdo y se tenga con el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada , no se ordene el archivo hasta tanto conste el cumplimiento de lo acordado y una vez conste su cumplimiento se entregue a la Co-demandante la letra de cambio con la nota de terminado y cancelado. Pedimos al Tribunal remita la presente comisión al Tribunal de la causa , es todo” El Tribunal visto lo expuesto por las partes y cumplida como fue la presente comisión , ordena remitir la misma al Tribunal Comitente , previo registro de su salida en los libros respectivos, y no teniendo nada mas que practicar ordena el regreso a su sede siendo las once (11:00) de la mañana.Es todo se termino, se leyó y conformes firman.
La Juez Provisorio
Abg.. Maria Elena Uzcategui
La Notificada Co-demandada
Sonia Pérez
La Demandante
Yolanda Briceño
Abg. Asistente de la Actora
Jorge Méndez
El Abg. Asistente de la Co-.demandada
Cesar Paúl Romero
La Perito Evaluador
Maria G. Ramírez
Depositario Judicial
Freddy Vásquez
El Secretario titular
Abg. Jesús Araujo
COMISION N° 2213-2006