REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE


En horas de despacho del día de hoy cinco (05) de Octubre de Dos Mil Seis (2006) siendo las nueve y treinta (9:30) de la mañana, día y hora fijados para cumplir con la comision emanada del Tribunal de Protección del niño y el Adolescente de la circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Sala de Juicio N° 2, se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora ciudadana MARIA RUFINA CACERES DE CACERES, titular de la cedula de identidad N° 8.721.186, asistida por la abogada LISBETH HERNANDEZ , titular de la cedula de identidad N° 12.042.106, e inscrita el IPSA bajo el N° 66.918, en su condición de defensora publica N° 15 de la circunscripción del estrado Trujillo, en las oficinas administrativas del CENTRAL AZUCARERO MOTATAN, ubicado en la población de Motatan, Municipio Motatan del Estado Trujillo .Seguidamente el Tribunal notifica e su misión a la abogada FLOR de LIBERACION CASTILLO ROJAS, titular de la cedula de identidad N° 10.505.919, e inscrita en el IPSA bajo el N° 54.370, en su condición de Apoderada de la CORPORACION VENEZOLANA AGRARIA; quien manifesté que no hay actividades administrativas de ningún tipo por cuanto se esta iniciando un procedimiento de expropiación. En este estado la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “Visto lo expuesto por la notificad, solicito al Tribunal ordene el regreso a su sede y devuelva la presente c0mision al Tribunal Comitente, a fines de ejercer las acciones correspondientes, a los fines de proceder a la ejecución de la sentencia es todo” El Tribunal visto lo solicitado acuerda conforme lo pedido y ordena remitir la presente comision al Tribunal de la causa en el estado en que se encuentra . Se deja constancia que en el acto estuvo presente la Sargento Segundo Mercedes Godoy titular de la adula de identidad N° 8.724.155, adscrita al Departamento Policial N° 20 de la policía del Estado Trujillo y no teniendo nada mas que practicar ordena el regreso a su sede siendo las diez y treinta (10:30) minutos de la mañana, es todo termino se lego y conformes firman.
La Juez Provisorio
Abg. Maria Elena Uzcategui
La Notificada
Abogada Flor Castillo
La Actora
Maria Cáceres
La Defensora Asistente
Abg. Lisbeth Hernández
La Funcionario Policial
Mercedes Godoy
El Secretario Titular
Abg. Jesús Araujo
COMISION N° 2.204- 2006