REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE


En horas de despacho del día de hoy nueve de octubre (09) de Dos Mil Seis (2006), siendo las diez treinta (10:30) minutos de la mañana ; día y horas fijados para cumplir con la comision emanada del Juzgado Segundo de los Municipios, Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora , representada en este acto por la abogada Maria Araujo Abreu titular de la adula de identidad N° 9.318.013 e inscrita en el IPSA bajo el N° 39.028, en un inmueble constituido; por la planta baja, de una vivienda ubicada en la urbanización Morón, vereda 38, N° 18, sector 02 jurisdicción del Municipio Valera. Del estado Trujillo. Seguidamente el Tribunal procede a llamar a as puertas del inmueble sin que persona alguna contestare, al llamado del Tribunal. En este estado la parte actora solicito el derecho y concedido que le fue expuso “ Pido al Tribunal que nombre y juramente como cerrajero al ciudadano JESUS DARIO PORTILLO, titular de la cedula de identidad N° 3.212.671, para que abra las puertas del inmueble a secuestrar, es todo” El Tribunal visto lo solicitado por la parte actora, nombra comoCerrajero al ciudadano JESUS DARIO PORTILLO titular de la cedula de identidad N° 3.212.671 quien estando presentes acepto el cargo y presto el juramento de ley, quien de inmediato entro en ejercicio de sus funciones y abrió las puertas del inmueble permitiendo el acceso del Tribunal al mismo. Una vez dentro del inmueble, el Tribunal observa que no hay dentro del mismo persona alguna, solo hay bienes muebles el Tribunal nombra como Secuestratario Judicial al ciudadano MANUEL ENRIQUE PERDOMO, titular de la cedula de identidad 9.310.932, designado Secuestratario del inmueble por el Juez de la causa y como Perito Evaluador a la ciudadana MARIA GLADIS RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° 5.349.172, quienes estando presente aceptaron los cargos y prestaron el juramento de ley, en este estado la parte actora, solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “ Indico como inmueble a secuestrar en este acto el siguiente : Planta baja de una vivienda, ubicada en la urbanización Morón, Vereda 38 N° 18, sector 02, Municipio Valera del Estado Trujillo , cuyos linderos y medidas son las siguientes; NORTE: En una extensión de ocho metros con diez centímetros ( 8,10mts) con solar de la casa N° 17 de la vereda 40 del Sector 02 ; SUR: En una extensión de catorce metros con cuatro centímetros (14,04 mts) con la casa N° 16 de la vereda 38 del sector 02 y OESTE: En una extensión igual que la anterior con casa N° 20 de la vereda 38 del sector 02. Inmueble indicado en el presente despacho y lugar donde se encuentra constituido este Tribunal, es todo” En este estado la Perito Evaluador solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “Se trata de una planta baja de una vivienda para habitación familiar construida en paredes de bloques de cemento, con estructura en hierro de 4x4 pulgadas, techo en tabelon con estructura IPN y placa de cemento, pisos de granito y cemento requemado…… es todo.” Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta, Escuque, San Rafael de Carvajal y Motatan de la circunscripción Judicial del estado Trujillo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara secuestrado el inmueble indicado por la parte actora y descrito en características y ubicación, linderos y medidas, en el presente despacho de comision; se declara la desposesion Jurídica del inmueble secuestrado y se hace entrega del mismo al Depositario designado, ciudadano Manuel Enrique Perdomo, antes identificado , quien se compromete cuidarlo y conservarlo como un buen padre de familia .el tribunal deja constancia que en este acto estuvo presente la ciudadana NATASCHA ACCAD titular de la cedula de identidad N° 14.599.651, quien manifestó ser hija de la demandada ZAHIDA ZOGHE KASSAR, y que procedería a retirar en su totalidad todos los bienes muebles que se encuentran en el inmueble secuestrado siguiendo instrucciones de su mama y el abogado que la asiste en el juicio el Tribunal deja constancia que los bienes muebles que se encuentran en el inmueble secuestrado fueron retirados del mismo en su totalidad y voluntariamente por la presente NATSCHA ACCAD ya identificada; se deja igualmente constancia que en este acto estuvo presente la Sargento Segundo MERCEDES GODOY , titular de la cedula de identidad N° 8.724.155 y el Agente JOSE GUTIERRES, titular de la cedula de identidad N° 18.348.033. Adscrito al Departamento Policial N° 20 de la Policía del estado Trujillo . Cumplida como ha sido la presente comision, el Tribunal ordena remitirla al Tribunal Comitente, previo el registro de su salida en los Libros correspondientes y no teniendo nada mas que practicar ordena el regresó a su sede siendo las tres d(3:00) de la tarde del día de hoy es todo termino se leyó y conformes firman.
La Juez Provisorio
Abg. Maria Elena Uzcategui
La Presente
Natascha Accad
La apoderada Actora
Abg. Maria Araujo
El Secuestratario
Manuel Perdomo
La Perito Evaluador
Maria Gladis Ramírez
El Cerrajero
Jesús Portillo
Funcionarios Policiales
Mercedes Godoy El Secretario Titular
Abg. Jesús Araujo
COMISION N° 2208-2006