REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, 31 de octubre de 2006
196 y 147

ASUNTO Nº TP11-L-2006-000456
PARTE ACTORA: PEDRO BENCOMO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: PROCURADORA DE TRABAJADORES ABOGADA: YRANIA TERÁN
PARTE DEMANDADAS: YIMI RONDON Y YOHANA DELGADO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, martes (31) de octubre de Dos Mil Cinco (2006), siendo las 10:30 de la mañana oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, en la causa contentiva de demanda interpuesta por el ciudadano PEDRO BENCOMO, titular de la cédula de identidad Nº 9.167.988, asistida por la PROCURADORA DE TRABAJADORES ABOGADA YRANIA TERÁN, inscrita en I.P.S.A bajo el número 57.526,contra YIMI RONDON Y YOHANA DELGADO, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, siendo el día y hora fijado para la celebración de la audiencia preliminar, las partes fueron llamadas a las puertas del Tribunal por intermedio del Alguacil. Seguidamente, la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Abogada ANA GUÉDEZ MONTILLA ordenó a la Secretaria, Abogada IRENE VANDER LINDER, verificara la presencia de las partes dejando constancia que no se encuentran presentes ninguna de las partes tanto demandante como demandadas, ni por si ni por medio de apoderado judicial, vista la incomparecencia de las partes este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo pasa a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 10:58 a.m. A los 196 años de la Independencia y 147 años de la Federación. Regístrese y publíquese.
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN


ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA

LA SECRETARIA,

ABG. IRENE VANDER LINDER
La Secretaria de este Tribunal deja constancia que siendo las 11:00. a.m. del día de hoy 31- 10 -2006 publicó la sentencia anteriormente dictada.


La Secretaria,
ABG. IRENE VANDER LINDER