REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, Once de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : TP11-L-2006-000419

DEMANDANTE: LUCAS JOSÉ HERNÁNDEZ
ABOGADO ASISTENTE:
DEMANDADO: PREFABRICADOS EL COROZO
REPRESENTANTE LEGAL: BEATRIZ ABREU
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.

En el día de hoy Once (11) de Octubre (10) del 2006, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada para llevar a cabo la Audiencia Preliminar, habiéndose llamado a las puertas del Tribunal, se deja constancia que la parte demandante ciudadano LUCAS JOSÉ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.391.530, no compareció ni por si, ni por intermedio de apoderado judicial, igualmente se deja constancia que la parte demandada PREFABRICADOS EL COROZO, representada legalmente por la ciudadana BEATRIZ ABREU no comparecieron ni por si, ni por intermedio de apoderado judicial, visto que la parte demandante de autos no compareció, habiendo constatado que se le hizo el llamado a las puertas del Tribunal, incurriendo en lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, del desistimiento del Proceso, en vista de ello en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara Desistido el Procedimiento, pudiendo la parte interponer el recurso correspondiente. Conforme se lee y firma. A los Once (11) días del mes de Octubre (10) del 2006, Publíquese.
La Juez

Abg. Yulibett Calderón

La Secretaria

Abg. Meuris Quintale


En esta misma fecha se publico.

La Secretaria

Abg. Meuris Quintale