REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
 
Trujillo, Dos de Octubre de dos mil seis
 
196º y 147º
 
 
ASUNTO : TP11-L-2006-000238
 
 
Demandante:  JOSÉ SAÉZ
 
Apoderado:
 
Demandado: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MOTATAN
 
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.
 
 
En el día de hoy, Dos (02)  de Octubre del 2006, siendo las 2:00 p.m.  día y hora fijada para que tenga lugar la  prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia que la parte demandante no compareció, ciudadano JOSÉ SAÉZ, titular de la cédula de identidad N° 5.506.965, ni por si ni por medio de abogado que lo asista o represente,  habiendo constatado  que se le hizo el llamado a las puertas del Tribunal, incurriendo en lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, del desistimiento del Proceso, en vista de ello en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara Desistido el Procedimiento, pudiendo la parte interponer el recurso correspondiente o volver a interponer la demanda pasado que sean 90 días. En cuanto a los escritos de prueba presentados le serán devueltos a las partes una vez que quede firme la presente.  Conforme se lee y firma. 
 
La Juez 
 
 
 Abg. Yulibett Calderón
 
 
                                                                                  La Secretaria
 
 
                                                                  Abg. Meuris Quintale
 
 
 
En esta misma fecha se publica.
 
                                                      
 
                                                                         La Secretaria
 
 
                                                                  Abg. Meuris Quintale
 
 
 
 
 
 
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