REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
196° Y 147°
Trujillo, 20 de Octubre del 2006.
Asunto N° TP11-L-2006-000298
Por cuanto en fecha 19-10-06, mediante diligencia presentada por las partes ciudadana Noelia Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 16.805.705, demandante de autos y el ciudadano Antonio Seijas, titular de la cédula de identidad N° 4.962.985, demandado de autos, donde consignan transacción celebrada por ante la Notaria Publica de Boconó Estado Trujillo anotada bajo el N° 73, tomo 34 de fecha 18-10-2006, donde llegan a un acuerdo y solicitan se homologue la misma, al respecto este Tribunal se pronuncia en los términos siguientes: Primero: Se observa que el escrito de acta levanta suscrito entre la parte demandante y la demandada donde llegan a un acuerdo para poner fin a un litigio, celebrada por ante la Notaria Publica de Boconó Estado Trujillo anotada bajo el N° 73, tomo 34 de fecha 18-10-2006 y por cuanto la misma reúne los requisitos establecidos en el art. 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el art. 9 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, así como del art. 89 ord. 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y vista la solicitud de homologación, este Tribunal en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA ENTRE LAS PARTES EN FECHA 18-10-06 dándole carácter de cosa juzgada, no se condena en costa porque las partes llegaron a un acuerdo, quedando pendiente las fechas de pago pautadas por las partes. Regístrese y Publíquese a los Veinte (20) días del mes de Octubre (10) del Dos Mil Seis (2006) siendo las 9:59 a.m.
LA JUEZA 2° DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
ABG. YULIBETT CALDERÓN
LA SECRETARIA
ABG. JOHANA TIRADO
En esta misma fecha se publico.
LA SECRETARIA
ABG. JOHANA TIRADO
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