REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-020933
Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, intentada por el Abogado REGULO ANTONIO, inscrito en el IPSA bajo el N° 53.903, en representación de las ciudadanas LEICE MARGARITA CHIRINOS MARQUEZ Y MAYGLADES MICAELA CHIRINOS DE LEAL, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.637.485 y 4.103.905, respectivamente, este Tribunal niega su admisión por cuanto existe una pluralidad de pretensiones en la cual no hay identidad de titulo debido a que se solicita la rectificación de varias actas pertenecientes a personas distintas, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
La Juez Suplente Especial
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria Acc.
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/Milagro