REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: KP02-S-2005-002955


PARTE DEMANDANTE: CARMELA IANNE DE MITROTTI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 3.457.026, de este domicilio.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Se inició el presente juicio Únicos Universales Herederos en fecha 14/05/05. En fecha 05/04/05 se admitió la presente solicitud de únicos universales herederos, ordenado la publicación de un edicto y oír la declaración de dos testigos. En fecha 07/06/05 retiraron el edicto. En fecha 12/07/05 diligencio la abogada Grabieral Tovato, consignando el edicto a los fines de una corrección y el avocamiento de la presente juez. En fecha 19/07/05 se dicto auto de avocamiento de conformidad con el artículo 90 del Código de procedimiento Civil. En fecha 27/07/05 se dicto auto acordando librar un nuevo edicto.-
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de impulso procesal en fecha 12/07/2005 en que diligencio la abogada Gabriela Trovato, solicitando librar un nuevo edicto, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de Únicos Universales Herederos, seguido la ciudadana Carmela Ianne de Mitrotti, identificadas en autos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los diecinueve (19) días del mes de Octubre de dos mil seis. AÑOS: 196° y 147°.
La Juez Suplente Especial

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria Acc,

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Secretaria Acc.
MJP/dmg