REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: KP02-S-2006-019761

Vista la solicitud presentada por el ciudadano, FELIX JOSE LUPO ARISMENDI, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad No. 6.118.870, domiciliado en la Urbanización Colinas de Bello Montes, Avenida Caurimare, Quinta Mi Abuelita, Teléfono 0212-7515304, Caracas- Ditrito Capital. Asistido por la abogado, PASTORA PEREZ MEDINA, Inpreabogado No. 18. 699, de este domicilio, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno de posesión Las Tinajas, el cual mide, toda el área de construcción es de QUINIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, (578.35 Mts2) y la superficie total del terreno es de DOS MIL CINCO METROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (2005.55Mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en dos líneas: la primera, en línea de doce metros (12.00mts), con la autopista Florencio Jiménez, que es su frente, y la segunda en línea de veintitrés metros con treinta centímetros (23.30mts) con terrenos ocupados por Luis Garrido; SUR: En linea de treinta y cinco metros con setenta y cinco (35.75mts) centímetros, con calle principal; ESTE: En linea de noventa y seis metros con sesenta centímetros (96.60mts), con terreno ocupado por Adelfina Elena Amaro: y OESTE: En linea de ciento catorce metros con cuarenta y cinco centímetros (114.45mts), con terreno ocupado por Luis Garrido y Luisa Amaro. Las bienhechurías consisten en una casa de dos Plantas, con sus respectivas instalaciones eléctricas y aguas Blancas y Negras distribuida así: Planta Baja: Cuarto de deposito, recibo, comedor, cocina, dos (02) baños, escaleras de concreto, que comunica a la planta superior. Planta Alta: Balcón, pasillo, tres (03) dormitorios y un (01) baño, piso de cemento pulido, ventanas celosías, puerta de hierro, techo de platabanda. Un Galpón de estructura metálicas con techo de acerolit, piso de cemento rustico con un área de construcción de diez (10.00mts) de ancho por cincuenta metros (50.00mts) de largo, el mencionado terreno esta totalmente cercado perimetralmente de bloques de concretos con sus portones de hierro al frente y en el fondo. Ubicado en la ciudad de Barquisimeto, en la Avenida Intercomunal Autopista Florencio Jiménez, sector La Concordia, Kilómetro 9, Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara. Todo por un valor de CIENTO OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 180.000.000, oo). -----------------------------------------
Para decidir este Tribunal observa: ---------------------------------------------UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ANTONIO ALEJOS Y YERMI VIELMA ROJAS, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. 3.084.749 Y 13.435.946, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de FELIX JOSE LUPO ARISMENDI, antes identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
El Juez
El Secretario
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Abg. Greddy Eduardo Rosas Castillo

Se devuelve al interesado.
El Sec
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