REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: KP02-A-2003-000066

DEMANDANTES: FONDO DE DESARROLLO AGRÍCOLA DEL ESTADO LARA (FONDAEL), Instituto Autónomo creado por la Ley de fecha 11 de Junio de 1997, publicado en Gaceta Oficial del Estado Lara extraordinaria N° 385, de fecha 13 de Junio de 1997, y reformada según Gaceta Oficial del Estado Lara Extraordinaria N° 867 de fecha 30 de Diciembre de 1998.

APODERADO: FRANCISCO CARRILLO AVELLÁN y JOSÉ MIGUEL COLL TOVAR, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.670 y 92.348, respectivamente.

DEMANDADO: DOUGLAS CAMACHO, venezolano, mayor de edad, agricultor, titular de la cédula de identidad N° 9.846.81.1

MOTIVO: EJECUCIÓN DE HIPOTECA


Vista la transacción de fecha 05 de octubre del año 2006, suscrita por la parte actora, abogados JOSÉ MIGUEL COLL TOVAR y FRANCISCO CARRILLO AVELLÁN, en su carácter de apoderados judiciales del FONDO DE DESARROLLO AGRÍCOLA DEL ESTADO LARA (FONDAEL), este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes en los términos por ellas expuestos y da por terminado el presente procedimiento, en cuanto al archivo del expediente, no se ordena hasta tanto conste en autos el cumplimiento del acuerdo.-

El Juez,

(FDO)
Abg. Elías Heneche Tovar
La Secretaria,

(FDO)
Abg. Anni Suárez Morillo


EHT/ASM/an