REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-L-2005-001089

PARTE ACTORA: NANCY MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V10.828.245.
PARTE DEMANDADA: FINCA LA COROMOTO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, treinta (30) de Octubre de 2006, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. En este estado este Juzgado deja expresa constancia que se hizo el llamado correspondiente de las partes a las puertas de este Tribunal, sin que alguna de ellas compareciera por si o por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°.



La Juez


Abog. Ana Sonia Sanchez Aguirre


La Secretaria