REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Penal de Control
 
TRUJILLO, 19 de Septiembre de 2006
 
196º y 147º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: TP01-P-2006-002909
 
ASUNTO 			: TP01-P-2006-002909
 
                 El Tribunal   para decidir observa:
 
 
La Solicitud.
 
 
	La Fiscalía Superior del Ministerio Público,  solicita a este despacho, protección para el ciudadano: HUMBERTO LOBO CARRIZO, CI: 13.262.335,  en su condición de victima en la investigación: NUMERO TR-F3-2661-2006,  quien, según refiere el ministerio público, teme por su integridad personal. 
 
 
Motivación para decidir.
 
	
 
Revisada la presente causa, en la cual, solicitud por parte del Ministerio Público, medida de protección para el ciudadano HUMBERTO LOBO CARRIZO, CI: 13.262.335,  en su condición de victima en la investigación: NUMERO TR-F3-2661-2006,   llevada por la Fiscalía del Ministerio Público,   quien, según refiere el ministerio público, teme por su integridad personal, solicitando rondas policiales en su residencia; vista la motivación que suministra el Ministerio Público,  considera prudente y acertada su solicitud, de entrar a conocer la solicitud de protección sin necesidad de escuchar a la parte contraria, toda vez, que la decisión que aquí se dicte, en nada afecta el proceso principal, por el contrario, solo tiene por objetivo, garantizar un derecho constitucional, a la vida humana, en su pleno disfrute. En razón de lo anterior, este Tribunal, decide declarar con lugar la solicitud de ordenar medida de protección al ciudadano: HUMBERTO LOBO CARRIZO, CI: 13.262.335,  en su condición de victima en la investigación: NUMERO TR-F3-2661-2006,  quien, según refiere el ministerio público, teme por su integridad personal.
 
 Así se decide.
 
 
Decisión.
 
 
	Este Tribunal de Control Numero 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide declarar con lugar la solicitud de ordenar medida de protección al ciudadano: HUMBERTO LOBO CARRIZO, CI: 13.262.335,  en su condición de victima en la investigación: NUMERO TR-F3-2661-2006,  quien, según refiere el ministerio público, teme por su integridad personal, consistente en rondas policiales por su residencia UBICADA EN  Los Cerrillos de Mendoza Fria, sector los Pinos,  Via La Puerta,  Primera Invasión, Via la Puerta, Estado Trujillo, tal y como sugiere el despacho fiscal.  Se acuerda oficiar a la Comandancia General de Policía. 
 
Regístrese. Ofíciese. Notifíquese. Ciérrese Informativamente por secretaria. Cúmplase. Remítase inmediatamente a la Fiscalía Solicitante. 
 
 
Abg. Nathalia Cruz Cañizales
 
La Jueza Titular de Primera Instancia en lo Penal,
 
en funciones de Control No. 3
 
Secretaria 
 
 
En fecha______________se cumplió con lo ordenado.
 
Sitia.
 
 
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