REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 28 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-002614
ASUNTO : TP01-P-2006-002614


El Tribunal, recibida la PRESENTE SOLICITUD DE VEHÍCULO OBSERVA:


Motivación para decidir.

El Tribunal FIJÓ AUDIENCIA A FIN DE resolver la solicitud de vehículo presentada por el ciuadano NELSON JOSE BRICEÑO ALBORNOZ.

En sala de audiencia, el solicitante alega que el vehículo le fue entregado por el Ministerio Público del Estado Miranda.

El Fiscal, observa que en la investigación, oido el solicitante, faltan diligencias por ser practicada a fin de determinarse con certeza la identidad física del vehículo solicitado con los documentos anexos. Sugiere la practica de esa experticia, sin lo cual no puede haber ninguna certeza.

El Solicitante, oido ello, desiste de su solicitud de entrega de vehículo, y pide la devolución de la causa la Fiscalía actuante a fin de que se ordenen dichas experticias, reservandose el derecho de una vez practicadas, pedir nuevo pronunciamiento al despacho fiscal.

El Tribunal oido el desistimiento, observa que no tiene solicitud sobre la cual pronunciarse, excepto la devolución de la presente causa al despacho Fiscal.

Así se decide.

Decisión.

Este Tribunal de Control numero 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DEL CIUDADANO NELSON JOSE BRICEÑO, ORDENA LA DEVOLUCIÓN INMEDIATA DE LA PRESENTE CAUSA A FIN DE QUE CONTINUE LA INVESTIGACION..

Regístrese. Cierrese. Devuelvase con oficio al despacho Fiscal..

La Jueza de Control Titular.

El Secretario

Abog. Nathalia Cruz Cañizales



En fecha______________se cumplió con lo ordenado.