REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución N° 3
TRUJILLO, 28 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2004-009044
ASUNTO : TP01-P-2004-000400
Por cuanto ante la Secretaría de este Tribunal de Ejecución se recibió y se dio entrada a la presente causa, se procede a la ejecución de la Sentencia Condenatoria, impuesta al penado FRANCISCO ANTONIO OLMOS GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.391.836, quien fue condenado a cumplir la pena corporal de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN y las accesorias legales correspondientes, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 último Aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Sociedad; en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia en aplicación del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, sin embargo, como quiera que la pena impuesta permite el otorgamiento de una de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, como lo es la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y el penado se encuentra en medida privativa de libertad, se ACUERDA fijar audiencia, en el Internado Judicial del Estado Trujillo, para el día 28-09-2006 a las 11:30 am, a fin de ser impuesto de los requisitos para la procedencia del beneficio indicado, así mismo se acuerda solicitar antecedentes penales e informe técnico, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Trujillo. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
La Juez de Ejecución N° 3.
FANNY TERÁN MÁRQUEZ.
El Secretario.
YENDER MATOS