REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-014098


Vista la solicitud presentada por el ciudadano HERMEN ANTONIO YEPEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula N° 3.411.751, este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Los Delicias, sector Los Portones, Parroquia Juárez del Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de OCHENTA MIL METROS CUADRADOS (80.000 mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con vía Río, SUR: Con Hermes Antonio Yepez Colmenares, ESTE: Con Hermes Antonio Yepez Colmenares y OESTE: Con via de acceso finca los Portones. Dichas bienhechurías consiste en cinco mil matas de café, ocho matas de naranjas dulces, tres mil metros de pasto de corte. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (10.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos SABINA PINEDA Y YRAN SILVA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano HERMEN ANTONIO YEPEZ, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL



MARILUZ JOSEFINA PEREZ




LA SECRETARIA ACC.


ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
Milagro