REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 21 de Abril de 2007
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-001866
ASUNTO : TP01-P-2007-001866


En la ciudad de Trujillo, el día de hoy, Sábado Veintiuno (21) de Abril de 2007, siendo la una y nueve minutos de la tarde (1:09pm); por cuanto el Tribunal se encontraba en otro acto, se constituyó el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, a cargo de la Juez Juleny Rosas Bravo, acompañada del secretario de guardia , Yender Alexander Matos Caseres, con la finalidad de llevar a cabo el acto de audiencia de Presentación de los Ciudadanos: Álvaro José Briceño Montilla y José Isilo Garces Briceño. Acto seguido el Juez solicitó al secretario verificar la presencia de las partes, informando el secretario que se encuentran presentes: los investigados Álvaro José Briceño Montilla y José Isilo Garces Briceño, el Defensor Público José Ramón Sulbaran, el Fiscal VI del Ministerio Público José Gregorio Aceituno. Acto seguido los investigados solicitaron el derecho de palabra y cedido como le fue no sin antes de imponerlos del precepto constitucional quienes expusieron que: solicitamos la designación de un Defensor Público, pues no tenemos recursos económicos para pagar los servicios de un Defensor Privado, luego de lo cual la Juez, por ser procedente la solicitud le designa a ambos investigados a un defensor público y estando presente el defensor Público José Ramón Sulbaran asume la defensa de los referidos ciudadanos desde este momento. Acto Seguido el Juez explicó la importancia del acto a realizarse y le concedió el derecho de palabra al Fiscal quien narró como sucedieron los hechos, de la siguiente manera: BOCONÓ, 19 DE ABRil DEL DOS Mil SIETE En esta misma fecha siendo las Tres Horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, el Funcionario: Sub. Inspector. (F.A.P.E.T.) T.S.U. QUINTERO FRANKLlN JOSE, Adscrito a la Brigada Especial, de la Comisaría Policial N° 04, de la Comandancia General de Policía del Estado TrujiIIo , quien estando debidamente juramentado de conformidad con lo establecido en el Articulo 112 y 303 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Articulo 21 del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, deja constancia de la siguiente diligencia Policial efectuada en el presente procedimiento "En esta misma fecha, siendo la 01 :00 horas de la tarde, encontrándome de patrullaje en la unidad P-B-0401 conducida por el Agte. Villegas Armando al mando de mi " ~" persona en compañía de los Agentes Vi llegas Alirio, Linares Pedro y las unidades ',,< ~'móviles4. 7 conducida por el C2do. Contreras leonardo, 4.1 conducida por el :Distinguido Paredes Williams, en momentos que nos desplazábamos, por la :Avenida Gran Colombia específicamente a la altura de la calle Armisticio de esta ciudad, se escucharon, aproximadamente tres detonaciones, por lo que los flagrantes de la Comisión fue alertada, de inmediato avistamos a dos sujetos, que salían de un local comercial denominado "REMATES CARACAS", quienes al notar la presencia Policial, trataron de emprender una veloz huída, por lo que procedimos con la mayor seguridad que requiere el caso, abordar a los referidos ciudadanos, quienes fueron Identificados de la siguiente manera: BRICEÑO MONTllLA ALVARO JOSE, de Nacionalidad Venezolana, natural de Boconó Estado Trujillo, de 20 años de edad, nacido en fecha 29-01-87, de estado civil soltero, de Profesión ú oficio obrero, residenciado en la Calle Páez, casa sin número Niquitao Parroquia Monseñor Jáuregui, de este Municipio, titular de la Cédula de Identidad número V-18.472.166, este tenía en su poder un par de zapatos, corte alto, de color marrón y negro, sin marca aparente, al mismo le solicitamos la procedencia de los referidos zapatos, no dando explicación alguna y GARCES BRICEÑO JOSE ISILlO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Boconó Estado Trujillo, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión ú oficio obrero, residenciado en la calle Páez, casa sin número, Niquitao Parroquia :~'i ~\., Monseñor Jáuregui, Municipio Boconó Estado Trujillo, titular de la Cédula de identidad Nro V-17.828.146, y este tenia en su poder un par de zapatos deportivos, color marrón y negro, marca Stone, de igual forma a esté ciudadano se le solicitó la procedencia de los referidos zapatos, quien tampoco supo dar ningún tipo de explicación, por tal motivo procedimos a realizarles una Inspección corporal, donde al primero mencionado se le incauto en la cintura del lado derecho, oculto entre el pantalón y la franela Un arma de fuego tipo revolver, marca Smith & Wesson, calibre 38mm, cañón corto, Seis tiros, color plateado, ….cacha de madera, serial cacha 225730, serial tambor 357, el cual contenía en ….interior seis proyectiles de los cuales tres se encuentran percutidos que son, dofl ~:.; ~:;'': marca CAVIM 38 SPL, uno marca w-w 38 ESPECIAL, Y tres sin percutir de lo~:. ~:~ cuales dos marca "CA VIM 38 SPL" y uno marca PMC 38SPL" con su respectivo funda elaborada en nylon, color negro, esté portaba como vestimenta un ….jeans, talla. "32", una franela de color g~is, marca "Agua", tall~ única la ~al ~e ~?, I~~~t encuentra Impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de apariencia ~: hematica, y un sombrero elaborado en tela, de color amarillo, azul y rojo, al …segundo de los mencionados, se le incauto en la cintura del lado derecho oculta entre la franela y el pantalón: Un arma de fuego, tipo revolver, calibre 38mm, marca Smith $ Wesson, cañón corto, color pavón negro, cacha de madera, color marrón, serial de cacha 242109, serial tambor 45534, cinco tiros, el cual contenía en su interior cinco proyectiles sin percutir de los cuales cuatro son marca MFS 38 ESPECIAL Y uno marca CAVIM 38 SPL, con su respectiva funda, elaborada en cuero de color marrón y en sus partes genitales se le incauto, un trozo de tela color negro (pasa montaña) la cual posee una etiqueta donde se lee "TELARES MERIDA", portando esté ciudadano como vestimenta, un pantalón blue jeans, marca "LEVI STRAUSS", sin talla aparente, el mismo se encuentra impregnado de una sustancia de color pardo rojizo de apariencia hematica y una franela de color negro, marca "GUESS", sin talla aparente, seguidamente escuchamos a una persona que se encontraba dentro del local "Remates Caracas" que pedía auxilio, por lo que penetramos al interior del mismo, donde avistamos a una persona en el piso, ya que se encontraba lleno se sangre, manifestando esta persona, que estos ./\" sujetos que habíamos agarrado, se presentaron a su local y portando una arma de ' fuego, con el propósito de despojarlo de sus pertenencias, y él se opuso, luego de un forcejeo, le efectuaron tres disparos, y lograron despojarlo de dos pares de zapatos y de un arma de fuego, tipo revolver, calibre 38mm, el cual es de su propiedad, seguidamente y con la premura del caso, procedimos a trasladar a '.. dicho ciudadano hacia el hospital Rafael Rangel de esta ciudad y una vez en el referido nosocomio, fuimos atendidos por la galeno de guardia Yoselin López, a quien nos le Identificamos como Funcionarios de este Cuerpo Policial y le manifestamos el motivo de la Comisión, quien le diagnostico. Traumatismo Craneoencefálico complicado, producida por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego, con orificio de entrada y salida, fractura conminuta de cubito y radio de ambos ante brazos, producida por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, fractura de mandíbula derecha producida por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego, traumatismo toráxico abierto producida por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego, de igual forma manifestó que dicho ciudadano será de inmediato trasladado al Hospital Central de la Ciudad de Valera, por la gravedad del ~so, por lo que procedimos a Identificar al referido ciudadano de la siguiente manera: LOZADA IT ALO ANTONIO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Valera Estado Trujitlo, de 61 años de edad, de estado civil Casado, de profesión ú oficio Comerciante, residenciado en la Avenida Gran Colombia, casa sin número de esta localidad, titular de la Cédula de Identidad Nr..o V-3.215.113, posteriormente procedimos a colectar su vestimenta que portaba para el momento de1hecho la cual se describe . Califico los hechos como: el delito de Robo agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, el delito de Homicidio Calificado en grado de Frustración, previsto en el N° 1 del artículo 406 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 del Código Penal y el delito de Detentación Ilícita de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal . Solicitó se decrete Medida de Privación Preventiva de Libertad en contra de los referidos ciudadanos, de conformidad con lo previsto en el artículos 250 y 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y se califique la aprehensión en flagrancia previsto en el articulo 248 del Texto Penal Adjetivo y la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto seguido el Juez, procedió a informar a los investigados, no sin antes hacer desalojar de la sala a uno de los investigados, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 del Texto Penal Adjetivo y quedando en la sala el ciudadano: Briceño Montilla Álvaro José, natural de Las Negritas, Niquitao, Bocono, estado Trujillo, nacido en fecha 29-01-1987, de 20 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.472.166, ( mostró su cedula de Identidad), hijo de Matias Briceño y Silvia Montilla, de ocupación estudiante de Bachillerato en el Liceo Bolivariano Tostos, estudiante del quinto año, de estado civil, soltero residenciado en Niquitao, Calle Urdaneta, casa N° 4-14, cerca de la Prefectura, como a diez metros, Parroquia Monseñor Jáuregui, Municipio Bocono estado Trujillo, a quien la Juez le impuso de del motivo por el cual fue detenido, imponiéndole del contenido del precepto establecido en el ordinal 5º del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículos130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, quien señaló que: no quiere declarar, luego de lo cual se ordenó hacer desalojar de la sala y se ordenó que entrara a la sala el ciudadano: Garces Briceño José Isilio, natural de La Negrita de Niquitao, Bocono estado Trujillo, nacido en fecha 13-01-1982, de 25 años de edad, de ocupación Agricultor en Betijoque,de estado civil soltero, hijo de Omar Antonio Garcés y Teresa Briceño , Titular de la Cédula de Identidad N° 17.828.146, ( mostró su cedula de Identidad), residenciado en Betijoque Rafael Rangel, casa sin numero, vive en una montaña, que se llama la Gira queda como a tres horas del Pueblo, estado Trujillo , a quien la Juez le impuso del motivo por el cual fue detenido, imponiéndole del contenido del precepto establecido en el ordinal 5º del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículos130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso que: yo andaba tomando con unos amigos en eso entro el muchacho que esta allí entonces ahí mucha gente y había plomo, yo no cargaba arma. A las preguntas del Fiscal. ¿Que hacia usted allí? Contestó que estaba ahí con unos amigos, a uno le dicen el Chupe y otro Ricardo estaba tomando junto a la tienda. ¿Usted vió cuando llego la Policía? Contestó que no. ¿En que momento estaba con él? Contestó que andaba con él. ¿Su compañero cargaba un arma? Contestó que si (haciendo referencia al otro investigado). ¿Usted llevaba algo cuando lo detuvieron? Contestó que no, que sólo la ropa que se la quitaron. ¿En que parte de Niquitao vive su abuela? Contestó que en la calle Páez, que tenia tres semanas en ese sitio. ¿Cuándo la Policía lo detuvo le dijo algo? Contestó que sólo lo golpearon. ¿Por qué la Policía lo golpeo? Contestó que no sabe. ¿Cuál sitio estaba cerca usted con sus amigos? Contestó que cerca de una tienda. ¿Usted escucho algo? Contestó que no. La defensa no preguntó. A las preguntas de la Juez. ¿En que momento lo detienen? Contestó que cuando bajaba de ahí. ¿Dónde estaba tomando? Al frente de un remate. ¿ Que cree usted que haya pasado? Contestó que cargaba un sobrero de color amarillo. ¿Le quitaron un pantalón bule Jean maraca levi? Contestó que si. ¿Por que cree usted que el pantalón tenia una sustancias rojizas? Contestó que era una pintura. ¿Escucho los disparos? Contestó que ya se había ido. Luego de terminado las preguntas de le autorizó a quedara en la sala, y se ordenó que entrara a la sala al otro investigado, quienes se quedaron en la sala con el defensor. Acto seguido al defensa expuso que: solicito una medida cautelar sustitutiva de libertad a favor de mis defendidos, mediante auto razonado, en cuanto al procedimiento está de acuerdo con el ordinario. Acto seguido el TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Primero: Se evidencia que del acta policial que corre al folio 1 y 2 de las actas procesales, donde surgen los elementos de convicción para estimar que este ciudadano es autor o participe en la comisión del delito, y así señala con textualidad”…. BOCONÓ, 19 DE ABRil DEL DOS Mil SIETE En esta misma fecha siendo las Tres Horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, el Funcionario: Sub. Inspector. (F.A.P.E.T.) T.S.U. QUINTERO FRANKLlN JOSE, Adscrito a la Brigada Especial, de la Comisaría Policial N° 04, de la Comandancia General de Policía del Estado TrujiIIo , quien estando debidamente juramentado de conformidad con lo establecido en el Articulo 112 y 303 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Articulo 21 del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, deja constancia de la siguiente diligencia Policial efectuada en el presente procedimiento "En esta misma fecha, siendo la 01 :00 horas de la tarde, encontrándome de patrullaje en la unidad P-B-0401 conducida por el Agte. Villegas Armando al mando de mi " ~" persona en compañía de los Agentes Vi llegas Alirio, Linares Pedro y las unidades ',,< ~'móviles4. 7 conducida por el C2do. Contreras leonardo, 4.1 conducida por el :Distinguido Paredes Williams, en momentos que nos desplazábamos, por la :Avenida Gran Colombia específicamente a la altura de la calle Armisticio de esta ciudad, se escucharon, aproximadamente tres detonaciones, por lo que los flagrante de la Comisión fue alertada, de inmediato avistamos a dos sujetos, que salían de un local comercial denominado "REMATES CARACAS", quienes al notar la presencia Policial, trataron de emprender una veloz huída, por lo que procedimos con la mayor seguridad que requiere el caso, abordar a los referidos ciudadanos, quienes fueron Identificados de la siguiente manera: BRICEÑO Montilla ALVARO JOSE, de Nacionalidad Venezolana, natural de Bocono Estado Trujillo, de 20 años de edad, nacido en fecha 29-01-87, de estado civil soltero, de Profesión ú oficio obrero, residenciado en la Calle Páez, casa sin número Niquitao Parroquia Monseñor Jáuregui, de este Municipio, titular de la Cédula de Identidad número V-18.472.166, este tenía en su poder un par de zapatos, corte alto, de color marrón y negro, sin marca aparente, al mismo le solicitamos la procedencia de los referidos zapatos, no dando explicación alguna y GARCES BRICEÑO JOSE ISILlO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Bocono Estado Trujillo, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión ú oficio obrero, residenciado en la calle Páez, casa sin número, Niquitao Parroquia :~'i ~\., Monseñor Jáuregui, Municipio Bocono Estado Trujillo, titular de la Cédula de identidad Nro V-17.828.146, y este tenia en su poder un par de zapatos deportivos, color marrón y negro, marca Stone, de igual forma a esté ciudadano se le solicitó la procedencia de los referidos zapatos, quien tampoco supo dar ningún tipo de explicación, por tal motivo procedimos a realizarles una Inspección corporal, donde al primero mencionado se le incauto en la cintura del lado derecho, oculto entre el pantalón y la franela Un arma de fuego tipo revolver, marca Smith & Wesson, calibre 38mm, cañón corto, Seis tiros, color plateado, ….cacha de madera, serial cacha 225730, serial tambor 357, el cual contenía en ….interior seis proyectiles de los cuales tres se encuentran percutidos que son, dofl ~:.; ~:;'': marca CAVIM 38 SPL, uno marca w-w 38 ESPECIAL, Y tres sin percutir de lo~:. ~:~ cuales dos marca "CA VIM 38 SPL" y uno marca PMC 38SPL" con su respectivo funda elaborada en nylon, color negro, esté portaba como vestimenta un ….jeans, talla. "32", una franela de color g~is, marca "Agua", tall~ única la ~al ~e ~?, I~~~t encuentra Impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de apanencla ~: hematica, y un sombrero elaborado en tela, de color amarillo, azul y rojo, al …segundo de los mencionados, se le incauto en la cintura del lado derecho oculta entre la franela y el pantalón: Un arma de fuego, tipo revolver, calibre 38mm, marca Smith $ Wesson, cañón corto, color pavón negro, cacha de madera, color marrón, serial de cacha 242109, serial tambor 45534, cinco tiros, el cual contenía en su interior cinco proyectiles sin percutir de los cuales cuatro son marca MFS 38 ESPECIAL Y uno marca CAVIM 38 SPL, con su respectiva funda, elaborada en cuero de color marrón y en sus partes genitales se le incauto, un trozo de tela color negro (pasa montaña) la cual posee una etiqueta donde se lee "TELARES MERIDA", portando esté ciudadano como vestimenta, un pantalón blue jeans, marca "LEVI STRAUSS", sin talla aparente, el mismo se encuentra impregnado de una sustancia de color pardo rojizo de apariencia hematica y una franela de color negro, marca "GUESS", sin talla aparente, seguidamente escuchamos a una persona que se encontraba dentro del local "Remates Caracas" que pedía auxilio, por lo que penetramos al interior del mismo, donde avistamos a una persona en el piso, ya que se encontraba lleno se sangre, manifestando esta persona, que estos ./\" sujetos que habíamos agarrado, se presentaron a su local y portando una arma de ' fuego, con el propósito de despojarlo de sus pertenencias, y él se opuso, luego de un forcejeo, le efectuaron tres disparos, y lograron despojarlo de dos pares de zapatos y de un arma de fuego, tipo revolver, calibre 38mm, el cual es de su propiedad, seguidamente y con la premura del caso, procedimos a trasladar a '.. dicho ciudadano hacia el hospital Rafael Rangel de esta ciudad y una vez en el referido nosocomio, fuimos atendidos por la galeno de guardia Yoselin López, a quien nos le Identificamos como Funcionarios de este Cuerpo Policial y le manifestamos el motivo de la Comisión, quien le diagnostico. Traumatismo Craneoencefálico complicado, producida por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego, con orificio de entrada y salida, fractura conminuta de cubito y radio de ambos ante brazos, producida por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, fractura de mandíbula derecha producida por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego, traumatismo toráxico abierto producida por el paso de un proyectil disparado por un arma de fuego, de igual forma manifestó que dicho ciudadano será de inmediato trasladado al Hospital Central de la Ciudad de Valera, por la gravedad del los, por lo que procedimos a Identificar al referido ciudadano de la siguiente manera: LOZADA IT ALO ANTONIO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Valera Estado Trujillo, de 61 años de edad, de estado civil Casado, de profesión ú oficio Comerciante, residenciado en la Avenida Gran Colombia, casa sin número de esta localidad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.215.113, posteriormente procedimos a colectar su vestimenta que portaba para el momento del hecho la cual se describe. Por lo que se califica la aprehensión de los ciudadanos: Briceño Montilla Álvaro José, natural de Las Negritas, Niquitao, Bocono, estado Trujillo, nacido en fecha 29-01-1987, de 20 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.472.166, ( mostró su cedula de Identidad), hijo de Matias Briceño y Silvia Montilla, de ocupación estudiante de Bachillerato en el Liceo Bolivariano Tostos, estudiante del quinto año, de estado civil, soltero residenciado en Niquitao, Calle Urdaneta, casa N° 4-14, cerca de la Prefectura, como a diez metros, Parroquia Monseñor Jáuregui, Municipio Bocono estado Trujillo y Garces Briceño José Isilio, natural de La Negrita de Niquitao, Bocono estado Trujillo, nacido en fecha 13-01-1982, de 25 años de edad, de ocupación Agricultor en Betijoque, de estado civil soltero, hijo de Omar Antonio Garcés y Teresa Briceño , Titular de la Cédula de Identidad N° 17.828.146, ( mostró su cedula de Identidad), residenciado en Betijoque Rafael Rangel, casa sin numero, vive en una montaña, que se llama la Gira queda como a tres horas del Pueblo, estado Trujillo, como flagrante de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Texto Penal Adjetivo, en la comisión de los delitos de Robo agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, el delito de Homicidio Calificado en grado de Frustración, previsto en el N° 1 del artículo 406 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 del Código Penal y el delito de Detentación Ilícita de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal. Segundo: Se decreta la Medida Cautelar de Privación Preventiva de Libertad de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 ambos del Texto Penal Adjetivo. Tercero: Se ordena el procedimiento Ordinario de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Cuarto: Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía VI del Ministerio Público. Se les notifica a las partes que la presente acta contiene la resolución, para la cual se les notifica a las partes que el lapso para interponer el recurso comenzara a correr al día siguiente hábil al de este Tribunal , librese la boleta de traslado desde el departamento Policial N° 10 al Internado y Boleta de encarcelación al Director del Internado Judicial Penal. Notifíquese a la victima Terminó siendo las dos y veintiún minutos de la tarde (2:21pm), habiéndose procedido privada y oralmente y cumplidas todas las formalidades de Ley, se leyó y conformes firman.
La Juez de Control Nº 05

Abg. Juleny Rosas Bravo

EL Fiscal del Ministerio Público,
El Defensor,


Los Investigados

Alvaro Briceño José Garces



El Secretario
Yender Matos