REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Penal de Ejecucion
 
TRUJILLO, 10 de Abril de 2007
 
196º y 148º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: TP01-S-2004-008976
 
ASUNTO 			: TP01-P-2004-000235
 
          Entra al conocimiento de la presente causa la Juez Nathalia Cruz Cañizales por rotación legal. Revisada La causa el Tribunal observa:
 
 
MOTIVACION PARA DECIDIR
 
 
Revisadas la presente causa, en la cual consta decisión de fecha 22 de septiembre de 2006,  en la cual este Tribunal dictó como formula alternativa de cumplimiento de pena,  REGIMEN ABIERTO al penado  LEONIDAS JOSE DURAN,  imponiéndole como condiciones:  observar buena conducta, cumplir con un trabajo licito; es el caso que en fecha  10.04.2007, se recibe por secretaria, oficio suscrito por el delegado Omar  Segovia, quien informa que el penado de marras se encuentra evadido desde el día 02.03.2007 del Centro de Tratamiento Comunitario Trujillo, y pide, se libre orden de aprehensión. Se observa igualmente de autos, oficio de fecha 20.03.2007, en el cual se informa la evasión señalada. 
 
El Tribunal, visto lo expuesto por el delegado supervisor del correcto cumplimiento de la formula alternativa de cumplimiento de pena otorgada por este Tribunal, cuyo requisito primero, es mantener una buena conducta; visto que se señala que el mismo esta evadido desde el día 01.03.2007, sin que hasta la fecha riele de autos, o a través del delegado de prueba, justificación alguna; este Tribunal, ante la presunta evasión del penado, acuerda SUSPENDER EL REGIMEN ABIERTO COMO MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA,  acordado en fecha 26.09.2007,  ordenar su aprehensión inmediata,  reclusión en el Internado Judicial del Estado Trujillo a la orden de este Tribunal, debiendo fijarse audiencia para tramitar por vía de incidencia, la necesidad de REVOCAR O NO EL REGIMEN ABIERTO COMO MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA AL PENADO LEONIDAS  DURAN GUDIÑO.
 
Líbrese orden de Aprehensión a los órganos de seguridad del estado, a fin de que quede solicitado a  nivel nacional. Ofíciese al CTC, Delegado de Prueba; notifíquese a fiscal y defensa.  
 
 
 
 Decisión
 
 
Este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda SUSPENDER EL REGIMEN ABIERTO COMO MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA,  acordado en fecha 26.09.2007, AL PENADO LEONIDAS  DURAN GUDIÑO, ci 11619859,  ordenar su aprehensión inmediata,  reclusión en el Internado Judicial del Estado Trujillo a la orden de este Tribunal, debiendo fijarse audiencia para tramitar por vía de incidencia, la necesidad de REVOCAR O NO EL REGIMEN ABIERTO COMO MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA, por presunto incumplimiento injustificado del mismo.
 
Líbrese orden de Aprehensión a los órganos de seguridad del Estado, a fin de que quede solicitado a  nivel nacional. Ofíciese al CTC, Delegado de Prueba; notifíquese a fiscal y defensa
 
 
La Juez de Ejecución Nro 01
 
 
ABOG. Nathalia Cruz Cañizales.
 
 
                            			  La Secretaria.
 
                                    
 
             Abg. Elda Valecillos.
 
 
 
                   En fecha __________________se cumplió con lo ordenado.
 
 
                                                          LA SRIA.
 
 
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