REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 10 de Abril de 2007
196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2002-000643
ASUNTO : TP01-S-2002-000643

Entra A l conocimiento de la causa la jueza Nathalia Cruz Cañizales, por rotación legal.
El Tribunal observa:

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

De la revisión de las actuaciones se observa decisión en la cual se dictó sentencia de condena contra el ciudadano EIMER JOSE VENECIO MONTENEGRO CI 16468924, recibiéndose en fecha 27.03.2007, actuaciones consignadas por el Tribunal de Ejecución numero 1, del Estado Port6uguesa que demuestran ante este Tribunal el fallecimiento del ciudadano: EIMER JOSE VENECIO MONTENEGRO CI 16468924, quien falleció el día 11.03.2007, a consecuencia de heridas por arma blanca, dentro del Centro Penitenciario de los Llanos.
Por ello, procede este Tribunal DE OFICIO, a declarar la extinción de la acción penal seguida a quien en vida respondiera al nombre de : EIMER JOSE VENECIO MONTENEGRO CI 16468924, quien falleció el día 11.03.2007, a consecuencia de heridas por arma blanca, dentro del Centro Penitenciario de los Llanos, de conformidad con las previsiones del articulo 48 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 103 encabezamiento del Código Penal, y en consecuencia, procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la acción Penal, de conformidad con el articulo 318 ordinal 3, primer supuesto, del Código Orgánico Procesal Penal, por la presente causa. Así se decide.

Decisión
Este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, decreta la extinción de la acción penal seguida a quien en vida respondiera al nombre de : EIMER JOSE VENECIO MONTENEGRO CI 16468924, quien falleció el día 11.03.2007, a consecuencia de heridas por arma blanca, dentro del Centro Penitenciario de los Llanos, de conformidad con las previsiones del articulo 48 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 103 encabezamiento del Código Penal, y en consecuencia, procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la acción Penal, de conformidad con el articulo 318 ordinal 3, primer supuesto, del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese. Notifíquese a las partes Fiscal y Defensa. Remítase INMEDIATAMENTE al archivo Central.

Abg. Nathalia Cruz Cañizales
Jueza Titular de Primera Instancia en lo Penal del Circuito
Judicial Penal del Estado Trujillo en funciones de Control Numero 3.


Abg. Elda Valecillos.
Secretario