REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y OBLIGACION ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. VALERA, VEINTITRES (23) DE ABRIL DEL DOS MIL SIETE. 196º y 148º.
Visto el escrito de Transacción cursante a los folios 70 al 72 del principal, suscrito entre las partes, ciudadanos: DOUGLAS ENRIQUE PACHECO BARRETO e IRAIMA DEL CARMEN ALDANA POZZO, asistidos por los Abogados en ejercicio LUIS ALBERTO VALERA y MARIA GABRIELA ALDANA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 111.858 y 120.382, en su mismo orden, en su condición de parte demandante y demandada, respectivamente, en la presente causa; mediante el cual solicitan su homologación, el levantamiento de la medida decretada en autos, se declare terminado el presente juicio y se archive el expediente. Por lo que este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION CON EL CARACTER DE COSA JUZGADA, EN LOS MISMOS TERMINOS EXPUESTOS POR LAS PARTES QUE LA SUSCRIBEN, DECLARANDO TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con los dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1713, 1716 y 1718 del Código Civil. En consecuencia, se ordena el levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 19 de Julio de 2006 y participada al Registro Inmobiliario Subalterno de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito del Estado Trujillo mediante Oficio N° 2006-1452 de igual fecha. Ofíciese en el Cuaderno de Medidas lo conducente al referido Registro Inmobiliario. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten los interesados; agréguese al principal el respectivo Cuaderno de Medida, téstese la foliatura a que haya lugar y una vez hecho todo lo antes ordenado, archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial. Diarícese. Cúmplase.
El Juez,
Abog. Oscar Romero Acevedo.
La Secretaria,
Abg. Tauli Tibisay Salas Rendón.
Hoy, 23 de Abril de 2007, en el Cuaderno de Medidas relativo al presente proceso, se libró Oficio N° 2007-0678 al Registro Inmobiliario Subalterno de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito del Estado Trujillo, participando suspensión de medida conforme a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abog. Taulí Salas Rendón
Exp. 26513
ORA/TTSR/ncb