TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 23 de Abril de 2007.
197º y 148º
Actuación Nº 1088-1
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: ALIRIO DE JESÚS VALERA MORALES.
Vista la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano ALIRIO DE JESÚS VALERA MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.494.557, domiciliado en el Municipio Trujillo, Estado Trujillo, asistido por la abogada en ejercicio JULIXIA CASTELLANOS PERDOMO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 69.734, solicitó se declare a su hijo (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la extinta CARMEN LILIANA GRATEROL CALDERÓN. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 05, actas de nacimiento inserta al folio 06; y declaración de Testigos cursante a los folios 09 al 11. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la extinta CARMEN LILIANA GRATEROL CALDERÓN, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 05 de la solicitud, a su hijo (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ
ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA
LA SECRETARIA
ABG. EVELYN RODRÍGUEZ
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