REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, MIRANDA Y LA CEIBA

En el día de hoy dos de abril del año dos mil siete, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal en compañía de la abogada en ejercicio MARIANA FERESIN MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.530, apoderado judicial de la ciudadana RODINA LUCIA EL HALABI PEREA, a un local para uso comercial, ubicado entre la calle Comercio y la plaza Roncayolo (calle Miranda), Sabana de Mendoza, municipio Sucre, estado Trujillo, a los fines de dar cumplimiento a la Ejecución Forzosa (Entrega de Inmueble), conferida a este despacho por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, juicio N° 9810-06. Una comisión policial al mando del agente YOHANSON LUIS DUARTE FLORES, titular de la cédula de identidad N° V-17.265.407. Una vez frente al local, este Tribunal observó que las puertas del mismo se encontraban cerradas, dependiendo solo de un pasador externo, el cual fue abierto con facilidad y se tuvo inmediato acceso al inmueble. En este estado, la ejecutante de autos solicita la palabra y concedida como le fue, expuso: “Pido a este Tribunal se sirva dejar constancia del estado en que se halla el inmueble donde se encuentra constituido, eso es todo”. Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta la Ejecución del presente Mandamiento, y a tales efectos, hace entrega formal y material del inmueble suficientemente identificado en actas libre de bienes y personas a la apoderada de autos, abogada MARIANA FERESIN MARTÍNEZ, ya identificada, quien declara recibirlo conforme. Así mismo, el Tribunal Ejecutor deja constancia que el local se encontraba desocupado para el momento de la ejecución por lo que no se notificó a ningún ciudadano de esta comisión, igualmente deja constancia, que el mismo, presenta diferentes y abundantes tipos de escombros, desechos y basura dispersos en toda su extensión, y por cuanto no existe otra diligencia más que practicar se declara concluido el acto, se acuerda regresar a su sede natural siendo las doce meridiem (12:00 m.) y devolver las resultas al comitente. Terminó se leyó y conformes firman. (Hay sello del Tribunal).- La Jueza.- Abg. Mirian Paredes Valderrama.- (firma ilegible).- La Apoderada Judicial.- Abg. Mariana Feresin Martínez.- (firma ilegible).- Jefe de la Comisión Policial.- Yohanson Luis Duarte Flores.- (firma ilegible).- El Secretario temporal.- Abg. Arturo Efraín Tescari.- (firma ilegible).-