REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veinticinco de abril de dos mil siete
197º y 148º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-S-2007-000031
PARTE ACTORA: OSWMAR DAVID MARIN MONTILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VICTOR BARROETA
PARTE DEMANDADA: CARLOS GUTIERREZ y PLAN FORD S.R.L
APODERADOS DE LA PARTE JOSE CONTRERAS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy veinticinco (25) de abril (04) de dos mil siete (2007), siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de apoderado judicial , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja expresa constancia que la parte demandada compareció a la audiencia preliminar en la persona de su representante legal ciudadano CARLOS GUTIERREZ titular de la cedula de identidad N- 13.523.784, quien aclara que la empresa que representa se denomina DISTRIBUIDORA CARLOS ALBERTO GUTIERREZ, y no EMPRESA PLAN FORD S.R.L. asistido por el abogado JOSE CONTRERAS FELAIRAN, inscrito en el IPSA bajo el N- 26.363, es todo . PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.
La Juez

Abg. Yulibett Calderón

La Secretaria

Abg. Egleida Ruiz

El demandado Abogado Asistente