REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dos de abril de dos mil siete
196º y 148º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: TP11-S-2007-000020
PARTE ACTORA: RAFAEL SIMON ARIAS
PARTE DEMANDADA: DOCUMENTOS MERCANTILES, S.A. (DOMESA)
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, 02 de Abril de 2007, siendo las 9:30 de la mañana oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, que por distribución automatizada correspondió al conocimiento del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Trujillo a cargo del Juez Abogado NELSON BRAVO MATERANO y de la Secretaria Abogada JOHANA TIRADO LAMUS. En el momento en que el alguacil hizo el llamado a las puertas del Tribunal, se hizo presente la Abogada DEYSI BEATRIZ MADUEÑO ROMERO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro 34.627, apoderada judicial de la parte de demandada DOCUMENTOS MERCANTILES, S.A. (DOMESA), se deja constancia que no se encontraba presente la parte demandante ciudadano: RAFAEL SIMON ARIAS SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.912.601, ni por ni por medio de apoderado judicial; en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Coordinación del Trabajo del Estado Trujillo EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El Tribunal ordena publicar en esta misma fecha el presente fallo. Terminó, se leyó y se cumplieron con todas las formalidades de Ley y en señal de conformidad firman. Publíquese.
EL JUEZ,
ABG. NELSON BRAVO MATERANO
La Apoderada Judicial de la Parte Demandada
LA SECRETARIA,
ABG. JOHANA TIRADO LAMUS
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