REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 24 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-002846
ASUNTO : TP01-P-2008-002846

Visto el escrito presentado por el abogado ROBERTO DE JESUS DURAN INFANTE, fiscal séptimo del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Estado Trujillo, solicitando orden de allanamiento de un inmueble, ubicado en la calle 10, diagonal al ambulatorio nuestra señora de La Paz, Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera Estado Trujillo, cuyas características son: una casa de dos niveles, el primer nivel, presenta frente de color rosado, con paredes al frente de piedra, una ventana de madera, una puerta principal con rejas protectoras de color negro, y una segunda puerta de color negro con rejas protectoras de color negro, y ventanas de metal con protector de color negro y frente de color amarillo, y un segundo nivel, con entrada interna de dicha residencia, con tres ventanas panoramicas, con protectores de metal, de color negro y frente de color amarillo, techo de acerolit, casa S/N, este tribunal para decidir, observa:
Sostiene el solicitante para apuntalar su pedimento, que se presume la existencia de sustancias ilícitas, como lo corroboran las actas de investigación emanadas de la Brigada Canina antidrogas Centauro, Comisaría Policial N° 02 de Las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo.
De la confrontación hecha entre las afirmaciones del solicitante con las actas que conforman la causa, se evidencia que en fecha 22 de Abril de 2008, El Inspector Jefe ( F.A.P.E.T) Lic. José Gregorio Mejía Terán, comandante de la Brigada Canina Antidrogas Centauro, remite oficio al despacho fiscal solicitante, informándole sobre la presunta comisión de un hecho punible en la residencia del ciudadano Franklin Parra, relacionados con distribución y venta de sustancias estupefacientes y psicotrópicas ( drogas ).
Asimismo, consta en acta de investigación policial, suscrita por funcionarios adscritos al referido cuerpo policial, de la que se extrae, que existe suficiente información que el ciudadano Franklin Parra, ocupante del referido inmueble se dedica a la venta y distribución de drogas, resultando suficientes los elementos de convicción invocados para sustentar la orden de allanamiento; constituyendo la suficiencia probatoria para declarar con lugar el pedimento fiscal y acordar el allanamiento del identificado inmueble; en el entendido que los hechos y circunstancias que rodean la investigación, imponen la búsqueda de elementos relacionados con la misma, a cuyo efecto, se comisiona a los funcionarios Sub-Inspector EDIXON MORENO SUAREZ, Sargento Segundo AVILA JORGE con el distinguido LUÍS SÁNCHEZ, adscritos a la brigada Antidrogas Centauro de las fuerzas armadas policiales del Estado Trujillo, y agente TORRES JHON adscrito a al Destacamento N° 15 de la Guardia Nacional del Estado Trujillo, para llevarlo a efecto, advirtiendo que deben preservar los derechos y garantías de las personas que se encuentren el lugar. Así se decide.

DISPOSITIVA

Con base en los razonamientos explanados, este tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el 282 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 210 Eiusdem y 47 Constitucional, en armonía con los artículos 13 y 257 Constitucionales, ordena el allanamiento del inmueble, ocupado por el ciudadano FRANKLIN PARRA, ubicado en la calle 10, diagonal al ambulatorio nuestra señora de La Paz, Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera Estado Trujillo, cuyas características son: una casa de dos niveles, el primer nivel, presenta frente de color rosado, con paredes al frente de piedra, una ventana de madera, una puerta principal con rejas protectoras de color negro, y una segunda puerta de color negro con rejas protectoras de color negro, y ventanas de metal con protector de color negro y frente de color amarillo, y un segundo nivel, con entrada interna de dicha residencia, con tres ventanas panoramicas, con protectores de metal, de color negro y frente de color amarillo, techo de acerolit, casa S/N, se comisiona a los funcionarios Sub-Inspector EDIXON MORENO SUAREZ, Sargento Segundo AVILA JORGE con el distinguido LUÍS SÁNCHEZ, adscritos a la brigada Antidrogas Centauro de las fuerzas armadas policiales del Estado Trujillo, y agente TORRES JHON adscrito a al Destacamento N° 15 de la Guardia Nacional del Estado Trujillo, para llevarlo a efecto, advirtiendo que deben preservar los derechos y garantías de las personas que se encuentren el lugar.


El Juez de control N ° 02

La secretaria
José Daniel Perdomo Duran