REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 14 de Abril de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-002617
ASUNTO : TP01-P-2008-002617
En la ciudad de Trujillo, el día de hoy, 12 de abril del 2008, siendo las 6:50 pm se constituyó este Tribunal Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la sala de audiencias N° 04 de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo a cargo de la Juez Abg. Jorge Pachano, acompañado con la secretaria de guardia Abg. María Eugenia Márquez con la finalidad de llevar a afecto la Audiencia de Presentación del investigado: GERMAN JESUS ONTIVEROS ONTIVEROS, por la presunta comisión del delito de actos lascivos, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de Yemerlyn Josefina González Montilla Acto seguido una vez presente en la sala la Juez ordenó cerraran las puertas que daban acceso al público con motivo de la audiencia a celebrarse; solicitó a la Secretario, verificara la presencia de las partes informando, que se encuentran presentes, el investigado GERMAN JESUS ONTIVEROS ONTIVEROS, La Fiscal III (A) del Ministerio Público. De seguida el imputado solicita la palabra y cedida que le fue expuso: SOLICITO AL TRIBUNAL ME DESIGNE UN DEFENSOR PÚBLICO, ESTANDO presente la Defensora de Guardia Maria Claudia Antonello, expuso: Acepto el cargo designado en este acto. El Juez concedió el lapso prudencia a la defensa a los fines de imponerse de las actuaciones. De seguida informó a las partes sobre la audiencia explico la importancia y significación del acto y del motivo de su comparecencia. De seguidas concedió el derecho de palabra al Fiscal, presentando dentro del plazo legal estipulado a los fines de ser oído por el tribunal a GERMAN JESUS ONTIVEROS ONTIVEROS atribuyéndole la comisión del delito de actos lascivos previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de Yemerlyn Josefina González Montilla., narro los hechos ocurridos en fecha 10/04/2008 cuando fue aprehendido por funcionarios de la Comisaría Policial N° 20 de Valera solicitando la aplicación de la aprehensión como Flagrante de conformidad con el artículo 248 del código orgánico procesal penal, el Procedimiento Especial de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la aplicación de una medida cautelar sustitutiva de libertad, De seguida el juez concede el derecho de palabra a la defensa quien expone: no se opone a lo solicitado por el Ministerio Público Asimismo solicito copias simple de las actuaciones. El juez impone del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinales 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y dando cumplimiento del artículo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como GERMAN JESUS ONTIVEROS ONTIVEROS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.918.868, soltero, nacido el 03/01/86, de 22 años de edad, obrero, hijo de Trisanta Ontiveros Ontiveros no conocí a mi papa, residenciado en Avenida 20, con calle 79, casa N° 40-79, sector Paraíso, diagonal Plaza Reina Guillermina, Maracaibo Estado Zulia., quien expuso: Me acojo al precepto constitucional. . Oídas las exposiciones de las partes este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace la siguiente consideraciones e El Tribunal observa que existen fundados elementos de convicción para consideran que el imputado es el autor del delito de actos lascivos previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de Yemerlyn Josefina González Montilla, para esta etapa procesal, elementos de convicción que vienen materializados por el acta policial, donde señala la circunstancia de aprehensión según esta acta fue aprehendido cuando estaba cometiendo el hecho razones que lleva este Tribunal declarar PRIMERO: Decreta la aprehensión como flagrante de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal - SEGUNDO: Aplicación del Procedimiento Ordinario previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO:, Decreta Medida Cautelar sustitutiva de liberta de conformidad con el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Presentación periódica cada tres meses días ante este Tribunal, y prohibición de acercarse a la victima al ciudadano GERMAN JESUS ONTIVEROS ONTIVEROS, por la comisión del delito de actos lascivos previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de Yemerlyn Josefina González Montilla CUARTO Se les informa a las partes, que la presente acta contiene el auto fundado de la misma y por lo tanto el lapso para interponer cualquier recurso comenzara a correr el próximo día de despacho de este Tribunal,. QUINTO: Se acuerda remitir de todas las actuaciones en su debida oportunidad a la Fiscalía actuante, así mismo se acuerda expedir copias simples de las actuaciones a solicitud de la defensa.
El Juez de Control Nº 07,
Abg. Jorge Pachano
La Secretaria
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