REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio
TRUJILLO, 4 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-001085
ASUNTO : TP01-P-2006-001085



Revisada la causa TP01-P-2006-001085, seguido al ciudadano JOSE ALFREDO TORRES ABREU y otros por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO seguido al ciudadano MARÍA LUGO DE NUÑEZ.
Es el caso que en la presente causa riela en los folios30 y 31 Acta de Defunción suscrita por la Directora del Registro Civil de La Parroquia Mercedes Díaz Municipio Valera, Estado Trujillo Abg YOMANAHIS LEAL ALVAREZ donde Certifica la copia de defunción del ciudadano JOSE ALFREDO TORRES ABREU que falleció en fecha quince de febrero del 2008, a las cuatro de la mañana a consecuencia de HIV, SIDA, Tuberculosis Pulmonar.
Ahora bien, visto el fallecimiento del ciudadano JOSE ALFREDO TORRES ABREU, teniendo en este tribunal una causa que se le sigue por el delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 452ordinal 8 del Código Penal junto con el ciudadano JOSE GREGORIO CARDOZA, considera este Tribunal en lo que respecta al ciudadano JOSE ALFREDO TORRES, la extinción de la ACCIÓN PENAL de conformidad con el artículo 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal 318 ordinal 3° en lo que respecta al ciudadano JOSE ALFREDO TORRES ABREU, manteniéndose aperturado la presente causa al ciudadano JOSE GREGORIO CARDOZA. Así se decide
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N°02 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley : Acuerda El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguido al ciudadano JOSE ALFREDO TORRES de conformidad con el artículo 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal 318 ordinal 3° en lo que respecta al ciudadano JOSE ALFREDO TORRES ABREU, manteniéndose aperturado la presente causa al ciudadano JOSE GREGORIO CARDOZA.
Trujillo, Estado Trujillo a los 04 días del mes de abril de 2008.
La Juez de Juicio N° 02 El Secretario
Abog Adriana Araujo Araujo Abog Rubén Moreno