REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución 01
TRUJILLO, 21 de Abril de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TL01-P-1995-000002
ASUNTO : TL01-P-1995-000002

RESOLUCION

Analizadas y revisadas las actas procesales, y vista la solicitud del Penado HOMERO JOSÉ DELGADO SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.353.051, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas, Distrito Capital, residenciado en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Francisco Canestri, con sede en el Municipio Libertador del Distrito Capital, en Caracas que se le renueve permiso de supervisión especial, en razón a su buena conducta, estabilidad con pareja MARIA ZENAIDA MOINTILLA, laborando en la barrillera los dos caminos con tres años del beneficio de régimen abierto que le sirven de fundamento a su petición, así como la ausencia de reportes conductuales negativos por parte del Consejo de Evaluación del Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Francisco Canestri, sede de Delegados de Prueba del reo, se concede el mismo, por considerarlo ajustado a derecho y acorde con los principios de progresividad de la pena y readaptación social del penado, por el lapso de UN (1) AÑO, contado a partir del día de la notificación que del beneficio se haga al reo, notificación que practicará la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Francisco Canestri, imponiéndole como condición del permiso le de celebrar entrevistas cada quince (15) días con su Delegada de Prueba tratante. Notifíquese esta decisión a las Autoridades Penitenciarias respectivas y al propio condenado.
Líbrese oficios correspondientes.

El Juez de Ejecución
Antonio J. Moreno Matheus,
La Secretaria,
Abg. Magaly Castro