REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 23 de Abril de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2004-000118
ASUNTO : TP01-P-2004-000118


RESOLUCION

Vista la solicitud presentada por la Abg. ANGELA GUDIÑO, en representación de su defendido el Penado GERBER ALEXANDER LETTERNI GARCIA titular de la cédula de identidad N° 16.015.654, venezolano, mayor de edad, residenciado en el Centro de Tratamiento Comunitario Lic. PIEDAD LEONOR RODRIGUEZ, con sede en el Municipio Libertador del Estado Mérida que pide se le conceda PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL , en razón a su buena conducta, estabilidad de apoyo familiar, estudio en area educativa INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA FRONTERA IUFRONT, carrera de Educación Física alternando con ESTUDIOS JURIDICOS con UN AÑO del beneficio de régimen abierto que le sirven de fundamento a su petición, así como la ausencia de reportes conductuales negativos por parte del Consejo de Evaluación del Centro de Tratamiento Comunitario Lic. PIEDAD LEONOR RODRIGUEZ sede de Delegados de Prueba del reo, Por ello conforme al artículo 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario, se concede el mismo, por considerarlo ajustado a derecho y acorde con los principios de progresividad de la pena y readaptación social del penado, por el lapso de UN (1) AÑO, contado a partir del día de la notificación que del beneficio se haga al reo, notificación que practicará la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario Lic. PIEDAD LEONOR RODRIGUEZ sede, en Mérida, estado Mérida imponiéndole como condición del permiso le de celebrar entrevistas cada quince (12) días con su Delegada de Prueba tratante debiendo dar cumplimiento a las normas que le imponga su Delegado de Prueba. Notifíquese esta decisión a las Autoridades Penitenciarias respectivas y al propio condenado, y así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de le ley. Notifíquese a las partes.
Líbrese oficios correspondientes.

El Juez de Ejecución
Antonio J. Moreno Matheus,
La Secretaria,
Abg. Magaly Castro