Juzgado de los Municipios Carache Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Carache, dieciocho (18) de Abril de dos mil ocho.-

EXPEDIENTE N° 372/2.008.-

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente signado bajo el N° 372/2.008, siendo la demandante: ROMILA DEL CARMEN VARGAS MONTILLA y el demandado: ARMANDO JOSE BRICEÑO BRAVO, por motivo de OBLIGACION ALIMENTARIA, la cual fue formulada en fecha 31 de Marzo de 2.008, por la demandante arriba mencionada y cumplida como ha sido la citación de la parte demandada, se llevó a efecto el acto conciliatorio, y dichos ciudadanos llegaron al siguiente convenimiento, el ciudadano: ARMANDO JOSE BRICEÑO BRAVO, se compromete a pasarle a la ciudadana: ROMILA DEL CARMEN VARGAS MONTILLA para su hijo: JOSE ANGEL BRICEÑO VARGAS, la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,oo) mensuales, los cuales comenzará a depositar a partir del 30 de Abril de 2.008, así mismo, manifestó que como BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO ( AGUINALDOS) le depositará la misma cantidad, mas los gastos de vestido, calzado y medicina, los cuales se harán de manera compartida por ambos padres, es decir, 50% cada uno.
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses del niño, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.


La…

…Juez Provisorio,


Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria Temporal,


Gabriela Baptista.


En la misma fecha se publicó siendo las 11:00 a.m., se dejó copia certificada en el archivo del Juzgado.

La Secretaria Temporal,


Gabriela Baptista.