REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE








JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA,
ESCUQUE, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y MOTATAN
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
197° Y 148°

En horas de despacho del día de hoy veintiséis (26) de marzo del año dos mil ocho ( 2008), siendo las nueve (09:00) de la mañana; día y hora fijados para cumplir con la comisión emanada del Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Constitucional y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo; se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora, representada en este acto por la abogada ENEIDA JOSEFINA PERNIA VALERA, titular de la cedula de identidad N° 14.460.264 e inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 123.700, en un inmueble ubicado en la Población de la Cejita Avenida Cruz Carrillo, casa N° 51, Parroquia Antonio Nicolás Briceño, Municipio Autónomo San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo. Seguidamente. El Tribunal notifica de su misión a la ciudadana ROSARIO DOMITILA SAAVEDRA, titular de la cedula de identidad N° 4.321.819, quien manifestó ser la dueña de la casa, permitiendo el acceso del Tribunal al inmueble y pidió que se le permitiera comunicarse con su abogado de confianza. En este estado la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “Pido que se nombre como Perito Avaluador a la ciudadana MARIA RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° 5.349.172 y como Depositario Judicial al ciudadano FREDDY VASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 4.059.851 e indicó como inmueble a entregar en este acto el siguiente: un inmueble ubicado en la Población de la Cejita Avenida Cruz Carrillo, casa N° 51, Parroquia Antonio Nicolás Briceño, Municipio Autónomo San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo, es todo”. El Tribunal visto lo solicitado, acuerda conforme y nombra como Perito Avaluador a la ciudadana MARIA RAMIREZ ya identificada y como Depositario Judicial al ciudadano FREDDY VASQUEZ, anteriormente identificado, quienes estando presentes aceptaron el cargo y
prestaron el juramento de Ley; entrando de inmediato en el ejercicio de sus funciones. En este estado la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “Pido al Tribunal se de cumplimiento a la medida de ENTREGA DE INMUEBLE ordenada por el Tribunal de la causa, es todo”. En este estado la notificada ciudadana ROSARIO DOMITILA SAAVEDRA, titular de la cedula de identidad N° 4.321.819, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “accedo a entregar el inmueble de forma voluntaria y los bienes muebles que se encuentran dentro del mismo, los trasladare por mis propios medios y a un lugar seguro de mi confianza y bajo mi propia responsabilidad, es todo”. El Tribunal observa que en las afueras de inmueble objeto de esta medida se a reunido un numero grande de personas en apoyo a la notificada ciudadana ROSARIO DOMITILA SAAVEDRA, titular de la cedula de identidad N° 4.321.819 de forma violenta. En este estado hizo acto de presencia el ciudadano MARCOS MONTILLA SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° 9.002.547 e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 34.668, quien es el abogado asistente de la notificada ciudadana ROSARIO DOMITILA SAAVEDRA anteriormente identificada, solicitando el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “Que se esta ejecutando una medida en un inmueble que no corresponden los linderos y así se lo haría saber a las personas que se encontraban apoyando a al notificada en la puerta del inmueble objeto de esta medida, consigno copia fotostática de documento propiedad de la notificada donde se indican otros linderos, es todo.” En este estado se hizo presente la funcionario del Concejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Trujillo, abogada MARILYN HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 12.008.546 e inscrita en el IPSA bajo el N° 58.915. El Tribunal visto que no hay ningún acuerdo entre las partes, que no hubo apoyo por parte de las autoridades policiales, aunque se les hizo varias llamadas y en resguardo de las autoridades del Tribunal y demás funcionarios presentes en dicha medida, ordena en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley suspender la Medida; y no teniendo la seguridad para ejecutar dicha medida ordena el regreso a su sede, siendo las 12:15 del mediodía y ordena remitir la comisión al Tribunal Comitente en el estado en que se encuentra. Se deja constancia que en este acto estuvo presente la Sargento Primero Mercedes Godoy titular de la cedula de identidad N° 8.724.155 y una comisión policial formada por el Sargento Segundo Méndez Rivero Miguel, titular de la cedula de identidad N° 10.315.847, el Cabo Primero Robert Parra titular de la cedula de identidad N° 10.398.576 y el Distinguido Rafael Barreto, titular de la cedula de identidad N° 14.929.059. Es todo, termino, se leyó y conformen firman.
El Juez Temporal.

Abog. Luís C Moreno P. La Notificada

Rosario D. Saavedra
Apoderada Actora

Abog. Eneida J. Pernia Abogado Asistente de la Notificada

Abog. Marcos Montilla
Depositario Judicial

Freddy Vásquez Perito Avaluador

Maria G. Ramírez
Funcionaria C.P.N.N.A.

Marilyn Hernández Funcionarios Policiales

Sargento Mercedes Godoy
Secretario Titular
Sargento Segundo Miguel Méndez
Abog. Gaudy A. Colmenares
Cabo Primero Robert Parra

Distinguido Rafael Barreto

Comisión N° 2447-2008