REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, ocho de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2008-000008
PARTE ACTORA: YASNERY ESKEY MENDEZ GRATEROL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AURA ROSA ROMÁN BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: JOSE BRAVO y INVERSIONES MAXIMODAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO DABOIN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy ocho de abril de dos mil ocho, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja constancia que la Procuradora de Trabajadores Abg. AURA ROMAN, inscrita en el IPSA bajo el N- 105.399 estaba presente, igualmente se deja constancia que estaba presente la parte demandada INVERSIONES MAXIMODAS en la persona de su representante legal ciudadano JOSE BRAVO, titular de la cedula de identidad N- 8.716.244, asistido en este acto por el Abg. ANTONIO DABOIN, inscrito en el IPSA bajo el N- 83.114, en esto se agregan las pruebas al asunto. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.
La Juez

Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria

Abg. Merli Castellano


Procuradora de Trabajadores


Representante Legal de la Empresa Abogado Asistente.