REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-016366

Los ciudadanos FRANCISCO JAVIER MARTINEZ y FAJINE ANNE SEQUERA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.559.383 y 5.237.710, de este domicilio, manifestaron estar separados desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicitan el Divorcio. Acompañaron Acta de Matrimonio y partidas de nacimientos. Admitida la solicitud el 31-10-2007. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito en fecha 05-12-2007.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran los ciudadanos FRANCISCO JAVIER MARTINEZ y FAJINE ANNE SEQUERA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.559.383 y 5.237.710, de este domicilio, por ante el JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÒN, MUNICIPIO IRIBARREN, ESTADO LARA, en fecha 03 de noviembre de 1979. De dicha unión matrimonial procrearon dos hijos los cuales son mayores de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los siete días del mes de abril de dos mil ocho.
El JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.

Publicada en su fecha a las 2:30 p.m.


HRPB/LAAE/m. Elena.