REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-004464
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ENDER GREGORIO GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.607.678, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en La Urbanización Lomas Verdes Parte Alta, Carrera 1 final de la Calle 5 al lado de la Urbanización Lomas del Cercado de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren Estado Lara , sobre un lote de terreno ejido, que mide ; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Terreno valdio y mide trece metros (13 Mts); SUR: Calle 5 y mide trece metros (13 Mts) ; ESTE: Con terreno que son o fueron de Yaritza del valle Tibulo y mide dieciséis metros (16 Mts) y OESTE: Urb. Lomas del Cercado y mide dieciséis metros (16 Mts). Dichas bienhechurías consisten en una habitación de 5 x 4 metros, construida con paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, puerta metálica, ventana y protector metálico, con los servicio de luz, agua y que dicho terreno se encuentra cercado con alambre de púa. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 10.000,00) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Elizabeth García y Antonio Mendoza , éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ENDER GREGORIO GUTIERREZ ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria
Eliana Hernández Silva
MJP/ José
|