Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-V-2008-000260
DEMANDANTE: LUISA ANA GARCE LOYO, Venezolana, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.434.592.
ABOGADA DE LA PARTE ACTORA: ADRIANNI MAILIN CHIRINOS MENDOZA E ILIANA COROMOTO FERNANDEZ GARCES, inscritas en el IPSA bajo los Nros 126.715 y 126.107, respectivamente.
DEMANDADA: YULIMAR COROMOTO MARCANO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.435.698.
MOTIVO: DESALOJO.
SENTENCIA: PASADA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA
Visto el escrito de desistimiento de fecha 10.04.08, presentado por la abogada Adrianni Chirinos Mendoza, apoderada judicial de la parte actora, como consta al folio 39 de la presente causa, en virtud de haber llegado a un arreglo extrajudicial con la parte demandada, YULIMAR COROMOTO MARCANO, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento efectuado y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se da por terminado el juicio y archívese el presente asunto, en cuanto a los documentos solicitados se acuerda devolver los mismos a la parte actora o su apoderada, una vez sean consignados los fotostatos respectivos.
La Juez
Abog. Patricia L. Riofrío Peñaloza
El Secretario Accidental
Abog. Jesús R. Durán A.
Seguidamente se cumplió lo ordenado:
El Sec:
|