REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 197º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2007-002066

PARTE DEMANDANTE: YTALO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.607.381.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: BERNARDO ANTONIO MATHEUS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 108.954.
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA 19 DE ABRIL DE 1810, R.L. y NAUDY PLANAS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 14 de abril de 2008 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma ni la parte actora ciudadano YTALO GARCIA, ni la parte COOPERATIVA 19 DE ABRIL DE 1810, R.L. y NAUDY PLANAS demandada, hicieron acto de presencia ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial que acreditara su representación; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.


La Juez,


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,


Abg. María Alexandra Odón