REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio
TRUJILLO, 12 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-001587
ASUNTO : TP01-P-2007-001587


Celebrada la audiencia oral y pública en la causa seguida al ciudadano LUIS ALFONSO QUINTERO CARDOZO, se emite la correspondiente resolución en los términos siguientes:

Efectivamente, el día ocho de agosto de dos mil ocho, siendo las 9:03 AM horas de la mañana, se llevó a efecto la audiencia de verificación de condiciones, en la causa incoada en contra del ciudadano LUIS ALFONSO QUINTERO CARDOZO, encontrándose presentes: La fiscal I del Ministerio Público Abg. Reina Pimentel, el imputado Luís Alfonso Quintero Cardozo y el defensor público Nº 01 Abg. Marlene Alarcón.

De seguidas, se informó a los presentes del motivo importancia y significación de la audiencia, en virtud que el día 23/01/2007, le fue acordada la suspensión condicional del proceso al ciudadano LUIS ALFONSO QUINTERO CARDOZO, por la comisión del delito de Daño con Violencia, previsto y sancionado en el artículo 474 del código penal, en concordancia con el artículo 473 eiusdem, en agravio de Carlos Viera, con el Régimen de Prueba de 4 meses con las siguientes condiciones: Residir en un lugar determinado, prohibición de acercarse a la victima y lugar de los hechos, permanecer en un trabajo fijo.

Cedida la palabra al fiscal, expuso: Una vez verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas por este tribunal, solicito el Sobreseimiento de ley.

Cedida la palabra a la defensa, expuso: Por cuanto mi defendido ha cumplido con las condiciones, solicito de conformidad con el artículo 45 del Código orgánico procesal penal, se decrete el sobreseimiento de la causa tal como lo establece el articulo 318 ordinal 3 del código orgánico procesal penal, en concordancia con el articulo 48 ordinal 7 ejusdem

El Tribunal oída la petición del fiscal y la defensa, previamente establece que el acusado cumplió debida y cabalmente con las obligaciones impuestas durante el régimen de prueba, por lo que la situación se subsume en la causal de sobreseimiento, establecida en el artículo 45 del código orgánico procesal penal, por lo que se debe decretar el sobreseimiento de la causa al ciudadano LUIS ALFONSO QUINTERO CARDOZO, con relación a los hechos ocurridos el 7 de Abril de 2007 alas 12 y 30 de la madrugada, cuando el acusado portando un arma de fabricación casera se presentó en la casa de la victima y disparo contra la casa de éste averiando la puerta principal del inmueble. Así, se decide.

DISPOSITIVA

Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del código orgánico procesal penal, en concordancia con el numeral 7 del artículo 48 eiusdem y en armonía con el artículo 45 ibidem, decreta el sobreseimiento de la causa al ciudadano LUÍS ALFONSO QUINTERO CARDOZO, venezolano, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.763.220, agricultor, con sexto grado de educación primaria, natural de Betijoque, Estado Trujillo, hijo María Aida Cardozo y Rafael quintero, residenciado en el sector el Cedro, Calle las flores, casa Número 4-74 al lado del colegio La Plazita, Betijoque, Estado Trujillo, cumplió cabalmente con las condiciones impuestas por el Tribunal y el cese de las medidas de coerción personal decretadas en su contra, por la comisión del delito el delito de Daño con Violencia, previsto y sancionado en el artículo 474 del código penal en concordancia con el artículo 473 eiusdem, en agravio de Carlos Viera.



Publíquese y regístrese

Trujillo, 12 de Agosto de 2008

El Juez de Juicio Nº 01

Abg. José Daniel Perdomo Duran



La secretaria

Abg. María Eugenia Márquez