REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 7 de Agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-003417
ASUNTO : TP01-P-2007-003417
Visto el escrito presentado por la Abg. MARITZA ARAUJO VALERA, Defensora Pública Penal con competencia en fase de Ejecución N° 02 en representación del penado ciudadano JUAN CARLOS SERRANO DIAZ, quien solicita el cierre de la Vigilancia Penitenciaria de la presente causa; el Tribunal para decidir observa:
De los autos se evidencia que el Tribunal Primero de Ejecución Extensión Barlovento, Guarenas, ejecuta sentencia condenatoria al penado JUAN CARLOS SERRANO DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 16.056.408 quien fuera condenado por el Tribunal de Control N° 01 de esa jurisdicción A CUMPLIR SIETE AÑOS Y SEIS MESES DE PRESIDIO en delito: complicidad necesaria en HOMICIDIO CALIFICADO.
Mediante oficio N° 845 de fecha 21 de junio del 2.007 la Dirección del Internado Judicial de Trujillo participa al Tribunal el ingreso al Centro de Reclusión del penado JUAN CARLOS SERRANO DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 16.056.408, y por cuanto mediante oficio 862 recibido el 14- 07- 2.008 el Director del Internado Judicial de Trujillo RUBEN BENCOMO participa que en fecha 08 de julio del 2.008 el penado JUAN CARLOS SERRANO DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 16.056.408 por orden de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso y la Coordinación de Traslados, mensaje de Fax N° 00007531 de fecha 04 de Julio del 2.008, fue trasladado a la CARCEL NACIONAL DE MARACAIBO, por ello resulta procedente declarar el cese de la Vigilancia Penitenciaria, declarando con lugar la solicitud de la defensa, en consecuencia se ordena el cierre informático de la causa, remitir las actuaciones al Tribunal de la causa, dejando en autos copia certificada de las actuaciones, y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley.
Remítase con oficio, déjese constancia de su salida . cúmplase. Notifíquese a la defensa y fiscal XI del Ministerio Público
El Juez
El Secretario
Antonio J. Moreno Matheus Maria Cristina Uzcátegui
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