REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, AGRARIO, DEL TRANSITO y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. VALERA, ONCE (11) DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO. 198º Y 150º.
Vista la diligencia inserta al folio 46, suscrita por el Abogado CORRADO MAGRI MORENO, Inpreabogado Nº 90.980, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte querellante, mediante la cual desiste de la presente causa, solicita se le devuelvan los documentos originales y se expida copia certificada de todo el expediente, se le da el curso de Ley. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, declara terminado el presente proceso, en aplicación del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.- Así mismo de conformidad con lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se ordena por Secretaría expedir copias certificadas de sus originales que cursan a los folios 01 y su vto, 02 y su vto, 03 y su vto, 04 y su vto,05 y su vto, 06 y su vto, 07, 08, 09,12, 13 y su vto,14, 16, 18 y su vto, 19, 21, 23 y su vto, 24, 27, 29 y su vto, 30, 33, 35 y su vto, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y 46, de la diligencia que se provee y del presente auto, autorizándose para ello a la Asistente del Tribunal ANNY PAOLA BRICEÑO VILLEGAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.733.688. Expídanse copia simples de los folios 10, 11, 15, 17, 20, 22, 25, 26, 28, 31, 32 y 34. Hecho lo antes ordenado entréguese al solicitante. Devuélvanse los originales solicitados previa certificación de las copias y remítase el presente expediente en su oportunidad al Archivo Judicial. Diarícese. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. PAULA TERESA CENTENO.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. TAULI SALAS RENDON.
PTC/TSR/apbv.
EXPEDIENTE Nº 27597.
La suscrita secretaria Titular hace constar que no se le devolvieron los documentos originales ni se expidieron las copias certificadas ordenadas en virtud de que la parte interesada no suministro los fotostatos requeridos al efecto. Conste.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. TAULI SALAS RENDON.
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