REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, trece de agosto de dos mil ocho
198º y 149º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-S-2008-000056
PARTE OFERTANTE: SEÑORA DE FÁTIMA C. A.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE OFERIDA: YALITZA COROMOTO CASTELLANOS
PROCURADORA DE TRABAJADORES: AURA ROMAN
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy, 13 de Agosto de 2008, siendo las 9:23 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana parte oferida YALITZA COROMOTO CASTELLANOS, titular de la cedula de identidad N- 12.906.855, asistida en este acto por la Procuradora de Trabajadores Abg. AURA ROMAN, inscrita en el IPSA bajo el N- 105.399, quien se presenta a los fines de aceptar la oferta real de pago formulada por ante este Tribunal, de Bs. 4.133,02 que comprende los conceptos de antigüedad, vacaciones, utilidades, bono vacacional, días de descanso, alícuota sobre prestaciones, intereses sobre prestaciones, según escrito correspondiente y solicita se homologue la presente aceptación. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. En este acto se ordena oficiar a la oficina de Control y Consignación a los fines de la entrega de la libreta respectiva. Conforme se lee y firma.
La Juez

Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria


Abg. Irene Vanderlinder


La Oferida Procuradora de Trabajadoras.