REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón
Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 13 de Agosto de 2008
Años: 198° y 149°
Expediente N° 3.120-08
Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento.
Visto el DESISTIMIENTO formulado en el escrito que antecede, suscrito por la profesional del Derecho DINORATT PEREIRA MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.927, en su carácter acreditado en autos y, por la ciudadana JOHANNA A. DUARTE, titular de la cédula de identidad N° V-14.749.996, asistida por la Abogada en ejercicio MARIELITA IDROGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°45.435, por cuanto dicha actuación de no es contraria a derecho y versa sobre bienes disponibles, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, expídase por Secretaría, copia certificada de este auto para el Archivo de este Juzgado. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional. Cúmplase.
La Juez.
Dra. Coromoto J. de Del Nogal.
El Secretario.
Abg. Lucio Torres Armeya.
Seguidamente, se expidió copia certificada de este auto para que repose en el Archivo de este Juzgado. Se archivó el expediente constante de 25 folios útiles.
El Secretario.
Abg. Lucio Torres Armeya.