REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

En la ciudad de Trujillo Estado Trujillo, el día de hoy 15 de diciembre de 2008, siendo las 03:30 de la tarde, se constituyo el Tribunal de Control Nº 01 a cargo de la Juez Abg. Nathalia Cruz Cañizales acompañada de la Secretaria de Sala Abg. Ruth Peña. Seguidamente la Juez solicita a la secretaria verificar la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presentes: El Abogado solicitante Antonio Matheus Briceño, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 37.214, el Fiscal Cuarto del Ministerio Público Abg. Chanti Ozonian. Seguidamente la Juez dio inició al acto, informando del motivo de la misma y le concede el derecho de palabra al Abogado solicitante Antonio Matheus Briceño quien expuso: “Consigno en este acto documento original del Poder Especial constante de dos (02) folios, en nombre de mi representado ciudadano Federico Matheus Briceño, ratifico el escrito presentado donde solicito la entrega del vehiculo, la exclusión de pantalla y que se me devuelva el documento de propiedad original que riela al folio 67, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Fiscal Cuarto del Ministerio Público quien expuso: “No tengo oposición a la entrega del vehiculo, es todo”. El Tribunal de Control Nº 01 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, revisadas las actuaciones y acreditada como ha sido la representación del ciudadano Federico Matheus Briceño cédula de identidad Nº 2621802, por parte de su apoderado judicial con facultad expresa para solicitar y recibir el vehiculo de las siguientes características: MARCA: RENAULT, MODELO R-19 TX; AÑO: 2000, COLOR: BLANCO; TIPO SEDAN; CLASE: AUTOMOVIL; SEIAL DE CARROCERIA: 9FBL53A00CL755423; SERIAL DEL MOTOR: P700DA62765; PLACAS: CT336T; USO: TRANSPORTE PUBLICO; SERVICIO: TAXI; tal como se evidencia del certificado de Registro de Vehiculo Nº 27355884, 9FBL53A00CL755423-1-, revisado al folio 67 certificado del registro del vehiculo a nombre del ciudadano Federico Ali Matheus Briceño, cedula 2621802, el cual es autentico según experticia de fecha 20 de agosto del año 2008, así como también revisada experticia a los seriales del vehículo cursante en copia certificada al folio 44 y 45 del expediente experticia de fecha 12-04-2006, la cual establece que todos los seriales del vehiculo solicitado se encuentran en estado original y coinciden con el certificado del registro de vehiculo cursante al folio 67, es por lo que este Tribunal acuerda la entrega inmediata del mismo al apoderado solicitante, igualmente se acuerda la devolución en original del certificado de registro de vehiculo cursante al folio 67 numero 9FBL53A00CL755423-1-1 dejando en su lugar copia certificada del mismo, así como también visto que dicho vehiculo aparece aun como solicitado según acta de fecha 05-04-2006 se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas delegación Valera al fin del cambio de estatus a vehiculo recuperado relacionado con expediente H-139.939 donde aparece como denunciante Rangel Castellanos Álvaro Enrique, cedula de identidad 2615099 de fecha 05-04-2006. Devuélvanse las presentes actuaciones a la Fiscalía en su oportunidad legal a fin de que continué con la investigación. Agréguese copia certificad del poder exhibido por el Abogado solicitante Antonio Matheus Briceño, titular de la cédula de identidad Nº 2.622.319. Téngase la presente acta como resolución fundada. Quedando los presentes notificados. Se cumplió con todas las formalidades de ley, se leyó el acta y conformes firman.

La Juez de Control Nº 01
El Fiscal IV

Abg. Nathalia Cruz Cañizales Abg. Chanti Ozonian




El Abogado Solicitante La Secretaria

Abg. Antonio Matheus Briceño
Abg. Ruth Peña