REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TIRBUNAL TERCERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio
TRUJILLO, 3 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-003285
ASUNTO : TP01-P-2006-003285


Vista la solicitud del defensor privado Abg. Roberto Ramírez Meléndez en representación del ciudadano Kendry Javier Cepeda Paris, de reponer la causa hasta el estado de que conste en autos la participación de las victimas Nieto González Mayra y Sierra Zabala Carlos Eduardo, por cuanto en fecha 24/09/08 se celebró audiencia para la iniciación del juicio, tomando en cuanta que el acusado en la audiencia anterior solicitó prescindir del tribunal mixto, circunstancia que no fue advertida a las partes no presentes en esa audiencia, procediéndose a fijar inaudita parte el juicio sin su pronunciamiento expreso en relación a la participación ciudadana, de conformidad a lo establecido en el artículo 190 del código orgánico procesal penal.
A los fines de resolver el planteamiento formulado por la defensa, este tribunal señala previamente las siguientes consideraciones:
PRIMERO: En fecha 30/06/08 oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de depuración de escabinos a los fines de constituir el tribunal mixto, posterior a verificar en las actuaciones ocho (08) convocatorias efectivamente realizadas sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusas de los escabinos, estando presente todas las partes fundamentales, a saber; los defensores privados Abg. ALFREDO HERNANDEZ OSORIO Y CHISTIAN KUHN, el acusado KENDRY JAVIER CEPEDA PARIS, los ciudadanos Nora Álvarez y Galea Isidro en representación de quien en vida respondía al nombre de Galea Alvarez Navid Emilio, el ciudadano Eduardo Valero en representación de quien en vida respondía al nombre de Valero Valente Patricia, las victimas Nieto González Mayra y Sierra Zabala Carlos Eduardo (negrillas del tribunal) el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, Abg. Fernando Soto. Conforme a lo establecido en el artículo 164 del código orgánico procesal penal el acusado, solicito al Tribunal se procediera a realizar el Juicio con el tribunal Unipersonal, vista la imposibilidad de constituir el tribunal mixto, por la inasistencia de los escabinos, fijándose la celebración del respectivo juicio unipersonal el día 24/09/08, dándose inicio al mismo.
En consecuencia el planteamiento de la defensa no se ajusta a la realidad al referir que las victimas Mayra Nieto González y Sierra Zabala Carlos Eduardo no fueron advertidos de la prescindencia del tribunal mixto, no constando ninguna contravención o inobservancia de las formas y condiciones previstas en nuestro texto adjetivo penal y constitucional.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA: SIN LUGAR la solicitud de la defensa del ciudadano KENDRY JAVIER CEPEDA PARIS, en el sentido de acordar la nulidad y reposición del juicio hasta su inicio, por cuanto no consta contravención o inobservancia de las formas y condiciones previstas en nuestro texto adjetivo penal y constitucional. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Ofíciese lo conducente.
La Juez de Juicio Nº 03

Abg. Lexi Matheus
La Secretaria,

Abg. Alba Mavarez