JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO. TRUJILLO, NUEVE (09) DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO (2.008).
198° y 149°
En libelo de demanda con sus recaudos anexos, presentado por ante este Tribunal por la ciudadana CARMEN CECILIA TORREALBA DE ALVAREZ, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.522.425, domiciliada en la ciudad de Trujillo, Estado Trujillo, debidamente asistida por el Abogado LUIS ALBERTO VALERA ROSALES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.355.190, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 111.858. Contra: WILLIAN JOSE BASTIDAS CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.318.736, domiciliado en el Sector La Morita, Quinta “Racaleya”, Jurisdicción de la Parroquia Cruz Carrillo, Municipio Trujillo del Estado Trujillo. Por: DESALOJO DE INMUEBLE. (Folios 01 al 05).
El Tribunal por auto de fecha 30 de Junio de 2.008, admite la demanda y ordena la citación del demandado de autos. (Folio 06).
En fecha 07 de Julio de 2.008, la ciudadana Carmen Cecilia Torrealba de Álvarez, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.522.245, Parte Actora, asistida por el Abogado Luis Valera, inscrito en el I.P.S.A. 111.858, a través de diligencia consigna Original del Documento de Propiedad del Inmueble objeto de la presente acción. (Folios 07 al 10).
En fecha 08 de Diciembre de 2.008, presente ante este Tribunal, la ciudadana carmen Cecilia Torrealba de Álvarez, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.522.425, asistida por el Abogado Luis Valera, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 111.858 y expone: “Por cuanto el ciudadano William José Bastidas Castellanos, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.318.736, hizo formal entrega de la vivienda que le arrendé y solicite por ante este Tribunal en Expediente N° 1246-08, de la Nomenclatura de este Tribunal, el día 03-12-2.008, materializamos la respectiva entrega en documento que consigno en este momento, siendo satisfactorio para mi, las condiciones del Inmueble. Por las razones antes expuestas, desisto de la presente Acción y Procedimiento y pido al Tribunal Archive la presente causa. Solicito al Tribunal el desglose y se me entregue el Documento Original que riela a los folios 8, 9, y 10, en su defecto se deje copias de los mismos”. (Folios 11 y 12).
Visto el Desistimiento de la presente Acción y Procedimiento, de fecha 08 de Diciembre de 2.008, suscrito por la ciudadana CARMEN CECILIA TORREALBA DE ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.522.245, Parte Actora, Plenamente identificada en autos, debidamente asistida por el Abogado LUIS ALBERTO VALERA ROSALES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 111.858, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, HOMOLOGANDO dicho Desistimiento y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Así mismo acuerda desglosar los Documentos Originales cursantes a los folios 08, 09 y 10 del presente Expediente y de hacer entrega a la ciudadana Carmen Cecilia Torrealba de Álvarez, dejándose en los mismos copias fotostáticas debidamente certificadas por Secretaría, de conformidad a lo previsto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Archivo definitivo del presente expediente- Expediente N° 1246-08.
EL JUEZ,
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA,
ABG. ESTHER JANETH MALDONADO GODOY
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
ABG. ESTHER JANETH MALDONADO GODOY
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