REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, uno de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º

SENTENCIA


ASUNTO Nº TP11-L-2008-000468
PARTE ACTORA: YUNEYLY CORINA TORO
ABOGADA ASISTENTE: AURA ROSA ROMAN BRICEÑO
Parte Demandada: CENTRO DE FOTOCOPIADO "APOLO", representada legalmente por el ciudadano: LIBERT LAUDELINO SANCHEZ PERDOMO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, uno de diciembre de dos mil ocho siendo las 9:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, en la causa contentiva de demanda interpuesta por la ciudadana, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad No 13.378.483, asistido por la Procuradora de Trabajadores, Abogada: AURA ROSA ROMAN BRICEÑO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 105.399, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, Contra, , Empresa: CENTRO DE FOTOCOPIADO "APOLO", representada legalmente por el ciudadano: LIBERT LAUDELINO SANCHEZ PERDOMO, las partes fueron llamadas a las puertas del Tribunal por intermedio del Alguacil. Seguidamente, la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Abogada ANA R. GUÉDEZ MONTILLA verifico la presencia de las partes no encontrándose presente la parte demandante. ni por si, ni por medio de apoderado judicial, como tampoco se encuentra presente la parte, ni por si, ni por medio de apoderado judicial,. Acto seguido vista la incomparecencia de las partes, la Jueza pasa a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, siendo las 9:50. a.m. Regístrese y publíquese. A los 198 años de la Independencia y 149 años de la Federación.


ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

LA SECRETARIA,

ABG. YULIANOVA VALERA
La Secretaria de este Tribunal deja constancia que siendo las 9:50 a.m. del día de hoy 1- 12-2008 se publicó la sentencia anteriormente dictada.
La Secretaria

ABG. YULIANOVA VALERA