REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial
Estado Lara (Carora)
Carora, 1 de diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : KP11-P-2008-000578
ASUNTO : KP11-P-2008-000578
DECLINATORIA DE COMPETENCIA
Visto el escrito presentado por el Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Lara Abg. Belkys Ramos Crespo, donde solicita a este Tribunal se sirva declinar la competencia al Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión el Vigía, por cuanto, fue aprehendido en fecha 29 de Noviembre de 2008 el ciudadano EDDY NORBERTO BARROSO MENESES, titular de la cédula de identidad N° 13.006.303, por Funcionarios adscritos a la Tercera Compañía, Destacamento 47 del Comando Regional N° 04 de la Guardia Nacional Bolivariana, debido a que, una vez realizado llamada al sistema computarizado SIPOL-GUARICO, siendo atendido por el C/2DO (FAP) Douglas Reverol, quien manifestó que dicho ciudadano se encuentra solicitado por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y, Criminalísticas Sub Delegación El Vigía, según Memorando Nº M950, de fecha 14/02/2005 y, requerido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión el Vigía, según Oficio Nº 082 de fecha 19/01/2001, por el delito de Homicidio Intencional, en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley acuerda DECLINAR COMPETENCIA al Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión el Vigía, de conformidad al artículo 61 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se ordena el inmediato traslado del ciudadano EDDY NORBERTO BARROSO MENESES, titular de la cédula de identidad N° 13.006.303, hasta la ciudad de Mérida y, de las actuaciones del presente asunto; dicho traslado se hará efectivo por Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y, Criminalísticas, de manera inmediata. Se ordena librar Oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión el Vigía, remitiendo las actuaciones y, al ciudadano EDDY NORBERTO BARROSO MENESES, titular de la cédula de identidad N° 13.006.303. Oficio dirigido al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y, Criminalísticas, Sub Delegación Carora, a los fines de que realice inmediatamente el traslado. Es todo. Cúmplase.
Jueza de Control N° 10
Abg. Ileana Nohemí Rojas Rojas
Secretaria
Abg. Rosalyn Torcate