REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-F-2006-000151
Visto el DESISTIMIENTO de la acción, presentada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES ASUAJE ESCALONA, titular de la Cedula de Identidad Nro. 15.171.228, asistida por el Abg. Fernando Abdel, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 117.609, en el juicio de INTERDICCION, presentado por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES ASUAJE ESCALONA; el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara terminado el presente juicio. Se acuerda devolver originales solicitados dejando copias certificadas en su lugar, una vez sean consignado los fotostatos. Archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria
Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/ij.