Quibor: 17 de Diciembre del 2008.
198° y 149°
SOLICITANTE: ANA CECILIA DAZA MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el Caserío Los Ejidos, Carretera Vía El Tocuyo, parroquia Cabo José Bernardo Dorante del Municipio Jiménez del Estado Lara y titular de la Cédula de Identidad Nº 16,736.762
OBLIGADO. GELACIO ANTONIO ORTIZ, Venezolano, mayor de edad, domiciliado en el caserío Los Ortices, Municipio Jiménez del Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.128.769
BENEFICIARIO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº 2652
Vista el Acta de Conciliación N° 401-08, inserto al presente expediente emanado de la Defensoria Comunitaria del Niño, Niña y del Adolescente Parroquia, Juan Bautista Rodríguez, Municipio Jiménez del Estado Lara, con los recaudos presentados, suscrita por la ciudadana : ANA CECILIA DAZA MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el Caserío Los Ejidos, Carretera Vía El Tocuyo, parroquia Cabo José Bernardo Dorante del Municipio Jiménez del Estado Lara y titular de la Cédula de Identidad Nº 16,736.762, en contra del ciudadano: GELACIO ANTONIO ORTIZ, Venezolano, mayor de edad, domiciliado en el caserío Los Ortices, Municipio Jiménez del Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.128.769 , en beneficio de las niñas: XXXXXXXXXXXXXXX y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx , por OBLIGACION DE MANUTENCIÓN por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia, este Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, así mismo ordena la apertura de cuaderno de cumplimiento a fin de llevar el control del presente acuerdo.
LA JUEZA
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE.
LA SECRETARIA
DRA. ANA MARIA AGUILERA.
Seguidamente se cumplió lo ordenado (Conste)
LA SECRETARIA
DRA. ANA MARIA AGUILERA.
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