REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 10 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-007750
ASUNTO : TP01-P-2007-007750
El ciudadano HERMES DE JESUS DURAN ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº9.377.517, asistido por el Profesional del Derecho Jaime Hernández, quien es venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 111.864, domiciliado en la ciudad de Valera Estado Trujillo, presentó escrito ante este Tribunal, mediante el cual solicita que se le entregue el vehículo, clase: camioneta, tipo Pick-up, uso carga, marca Chevrolet, modelo silverado, tipo pick-up, año 84, PLACAS 741-UAN, color plata y rojo, serial de carrocería DCCD14EV205, serial del motor DEV205208 (original ) , y el serial actual del motor: TO0211CKH, realizada la audiencia respectiva, se emite pronunciamiento en los términos siguientes:
PRIMERO: Señaló el requirente “quien solicito de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal le sea entregado el vehículo : camioneta tipo Pick Up, uso carga marca Chevrolet, modelo Silverado, tipo Pick Up, año 84, PLACAS 741-UAN, color plata y rojo, serial de carrocería DCCD14EV205, serial del motor DEV205208 (original ) , y el serial actual del motor : TO0211CKH, en virtud de que el mismo fue cambiado por termino de su vida útil, a su asistido , en virtud de que el mismo fue cambiado por termino de su vida útil, toda vez que el referido vehículo es su medio de trabajo y lo adquirió de buena fe, así mismo solicito se acuerde la exoneración del pago de estacionamiento Código Penal fundamento en jurisprudencia de fecha 17-09-03 con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero , asi mismo solicito la devolución de los documentos del vehiculo”.
SEGUNDO: El solicitante, quien manifestó llamarse: HERMES DE JESUS DURAN ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº9.377.517; quien manifestó: “solicito al Tribunal la entrega del vehículo”.
La representación Fiscal, quien expuso, escuchada la exposición del Abogado asistente en representación del solicitante de dicho vehículo ciudadano el Ministerio Publico ratifica la negativa de la entrega del vehículo solicitado por el ciudadano HERMES DE JESUS DURAN ZAMBRANO.
TERCERO: El Tribunal revisada las actuaciones, constata, que el resultado de la Experticia es el siguiente: 1) el serial Placa V.I.N se encuentra ORIGINAL; 2) que el serial Placa BODY SE ENCUNETRA ORIGINAL y 3) que el serial del motor se encuentra ORIGINAL; 4) que las placas de Matriculación que porta ACX-64H. Así mismo la Experticia Documentoscopica arroja que el Documento es AUTENTICO, por lo procedente en el presente caso es hacer la entrega del vehículo solicitado.
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 5, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda hacer entrega del Vehículo clase: camioneta, tipo Pick-up, uso carga, marca Chevrolet, modelo silverado, tipo pick-up, año 84, PLACAS 741-UAN, color plata y rojo, serial de carrocería DCCD14EV205, serial del motor DEV205208 (original ) , y el serial actual del motor: TO0211CKH, al Ciudadano HERMES DE JESUS DURAN ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº9.377.517, asistido por el Profesional del Derecho Jaime Hernández, quien es venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 111.864, domiciliado en la ciudad de Valera Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Oficiese al Estacionamiento Briceño a los fines de la materialización de la entrega del referido vehículo.
Regístrese y Publíquese la presente decisión. Remitánse las actuaciones a la Fiscalía actuante en su oportunidad legal.
La Juez de Control Temporal N° 5

Sarelys Aguilar

La Secretaria,

Alba Mavarez.